El “spam” por whatsapp, sancionado por la AEPD
Aunque en casos anteriores en los que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) había iniciado procedimientos por el envío de publicidad no deseada (“spam”) a través de la aplicación “WhatsApp” Uno fue archivado por haber prescrito (+ de 6 meses), Otro se archivó por aplicación de la presunción de inocencia, Y en el tercero tan solo se apercibió al denunciado,…