Usted tiene un capital que no le da rendimientos y está pensando en cómo obtener una buena rentabilidad. Entre en el capital de una empresa, ya que ello le permite disfrutar de algunos incentivos fiscales:
- Las personas físicas que efectúen aportaciones temporales al capital de empresas constituidas en los últimos tres años, disfrutan de una deducción en el IRPF del 20% de las cantidades invertidas (de inicio un 20% de rentabilidad).
- La inversión máxima con derecho a deducción, es de 50.000 euros por inversor al año, y la deducción máxima anual es de 10.000 euros (un matrimonio serían 20.000 euros).
- Usted junto con su cónyuge y familiares hasta el segundo grado (por ejemplo hermanos), no podrá tener nunca una participación superior al 40% del capital de la empresa.
- Y además, deberá desinvertir una vez hayan transcurrido tres años de la inversión y antes de que se cumplan doce.
Le recomendamos que contemple:
- Firme un pacto de socios en el que usted tenga una opción de venta de sus acciones o participaciones.
- Reflejan claramente las condiciones de la obligación anterior contemplando el plazo, precio y garantías de que se lleve a cabo la opción de venta.
- Pacte con los socios que todos los acuerdos requerirán un quorum reforzado de votos (que sea necesario su consentimiento).
- Que le mantengan informado de la marcha de la sociedad.
Cada año puede tener una buena rentabilidad de su capital por este incentivo del IRPF.
Consulti amb el seu assessor,
Josep Cid Dacosta – Soci-Economista