El tribunal supremo ha aclarado que admite mensajes acompañados de un informe pericial.
Aportar Whatsapps para acreditar determinadas circunstancias es algo habitual durante el proceso de divorcio. A partir de ahora, no basta con entregar al juez el pantallazo de estos mensajes, sino que quien pretenda aprovechar este tipo de pruebas deberá acompañarlas de un informe pericial que acredite que los mensajes que aporta son ciertos o reales.
Hay una sentencia del Tribunal Supremo que fija los criterios para considerar válidos los mensajes en los procedimientos de divorcio.
“La sentencia 300/2015 de la Sala de lo Penal del Supremo indica que si una de las partes impugna la autenticidad de los pantallazos porque le perjudican, quien pretende aprovecharlos como prueba tiene que acreditar que son válidos y reales y que no se han manipulado añadiendo o quitando frases mediante un informe pericial”.
Durante los últimos años diversos jueces habían mostrado dudas sobre la validez de los Whatsapps después de que dos hackers españoles lograran cambiar el remitente de los mensajes de la aplicación, así que pusieron en entredicho la credibilidad de estos mensajes.
El Supremo, a diferencia, ha aceptado la validez de los Whatsapp como prueba en diferentes procedimientos judiciales. Aunque, los mensajes que se aportan como prueba han de formar parte siempre de una conversación en la que la persona ha participado, no de conversaciones de terceros que se hayan interceptado.