El Impuesto de Sucesiones y donaciones hace tributar las herencias, las donaciones entre personas vivas y a los beneficiarios de los seguros de vida por causa de muerte.
Facilitamos algunos consejos para reducir la carga tributaria:
1. En España hay algunas autonomías convertidas en paraísos fiscales en cuanto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y como se tributa según la normativa de la comunidad autónoma que residía el difunto, un contribuyente puede cambiar su domicilio fiscal a otra comunidad autónoma para liquidar las Sucesiones, pero será en aquella comunidad en la que se haya residido más tiempo durante los últimos cinco años previos a la sucesión y la residencia debe de ser real y efectiva.
2. La donación en vida también puede generar un ahorro fiscal.
3. El Impuesto sobre Sucesiones es un tributo progresivo, por lo tanto cuanto más se divida la herencia más se reducirá la carga fiscal.
4. La reducción del 95% en el pago del impuesto de la vivienda habitual, pero solamente por herencia y no por donación.
5. Las reducciones del 95% del valor de las empresas familiares también deben ser una vía para minimizar el impacto fiscal en las defunciones y también por donación.
6. La contratación de seguros de vida del tipo “unit- linked”.
Es conveniente utilizar los servicios de profesionales que conozcan en profundidad el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para conseguir la máxima optimización de la carga tributaria.
Consulte con su asesor,
Josep Cid Dacosta
Socio – Economista