El Tribunal Supremo ha establecido que la retribución por vacaciones tiene que incluir todos los conceptos retributivos.
El Tribunal ha considerado que la retribución normal o media que tiene que ser abonada a los trabajadores durante su periodo de descanso anual y que tiene que fijar la negociación colectiva en cada caso, sin desvirtuar la finalidad de descanso efectivo que tienen las vacaciones retribuidas y no puede disuadir o desincentivar su goce.