Si usted recibe una herencia o una donación de un familiar extranjero, debe saber que tributa en España ambas por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) y lo habitual es que se formalice la transmisión a través de un funcionario extranjero.
Si no lo ha declarado en España, le conviene conocer cuando prescribe el impuesto, o hasta cuándo puede hacer la comprobación Hacienda o la Comunidad Autónoma con competencia para ello.
El plazo general de prescripción es de cuatro años, pero lo importante es saber cuándo comienza a contar dicho plazo en caso de herencias y donaciones:
- En las herencias recibidas en España, el plazo general de cuatro años empieza a contar transcurridos seis meses desde el fallecimiento.
- En las donaciones, en cambio, este plazo de prescripción comienza cuando la transmisión se comunica a cualquier administración española, en el supuesto de recibirla del extranjero. (El plazo general es de cuatro años y un mes si son dentro de España).
Por lo tanto, si la donación se ha escriturado ante un notario extranjero, y no se ha comunicado, o no se hecho ningún trámite en España, todavía no está prescrita.
Esta escritura se considerará como un documento privado y éstos solo tienen validez frente a terceros desde el día en que se incorpore a un registro público, desde la muerte de cualquiera de quienes lo firmaron, o bien desde que se entrega a un funcionario público por razón de su cargo.
Buenas. Soy mexicano residente en Madrid. Mis padres tienen un dinero en Canadá en dólares americanos y me quieren hacer una donación de unos $70.000 USD o el equivalente a euros para que me compre mi piso en Madrid. Quisiera saber si ustedes me pueden ayudar en este tema con todos los trámites y tributaciones que debo hacer. Y cuáles serían vuestros honorarios.
Muchas gracias
Hola Pablo, gracias por confiar en nosotros. Hemos enviado tu consulta al departamento que lleva estos temas para que contacten contigo y puedan resolver tus dudas.
Saludos,
Hola
Mis suegros que son lituanos quiren donarnos 30.000€ para la futura compra o construccion de una casa.
Como podemos hacer para que se lo menos “sangrante ” posible?
Lo podemos traer en efectivo , una tranferecia a cada uno de mis hijos menores,,etc,,
Gracias
Hola Emilio, gracias por tu mensaje de confianza. Hemos derivado tu consulta al departamento jurídico-legal para que resuelvan tus dudas.
Saludos y gracias.