Hoy queremos explicar que, en el caso de que nos vemos obligados a acudir a la vía judicial para pedir que la entidad bancaria nos quite la cláusula suelo de la escritura de préstamo hipotecario, es posible obtener la suspensión de la aplicación de esta cláusula mientras dura el procedimiento.
Recientemente nuestro despacho ha obtenido una resolución judicial favorable en este sentido. El Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona ha estimado nuestra solicitud y en su auto de fecha 16 de enero de 2015 ha acordado, como medida cautelar, la suspensión de la cláusula limitativa del tipo de interés, fijando una fianza simbólica para la efectividad de esta medida.
Este auto crea un precedente muy importante, ya que las entidades bancarias últimamente, para obtener la suspensión de los procedimientos judiciales, alegan que está pendiente de resolverse una demanda colectiva sobre nulidad de cláusula solo ante el Juzgado Mercantil número 1 de Madrid interpuesta por ADICAE (Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorro y Seguros de España) contra la mayoría de entidades. Los Juzgados Mercantiles de Barcelona, en sesión de 21 de noviembre de 2014 acordaron en estos casos suspender los procedimientos hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado Mercantil número 9 de Barcelona.
Mientras tanto, la medida cautelar convierte en la única vía para conseguir la inaplicación de la cláusula suelo.