Informábamos en una newsletter de hace semanas de la obligación de las empresas regidas por un Consejo de Administración del cumplimiento de una serie de obligaciones, entre ellas, la de convocar y reunir al Consejo de Administración una vez al trimestre.
El objetivo de esas reuniones es la de enfocar la estrategia de negocio, seguimiento del mismo y de la evolución económica de la compañía y, por supuesto, la toma de decisiones al respecto. En ese ámbito y al objeto de dotar de un contenido a esas reuniones y al objeto de dar solución jurídica a las cuestiones que pudieran plantearse en el seno de las reuniones del Consejo de Administración, desde Lladó Grup Consultor hemos creado la figura del Abogado de empresa, asumiendo éste la coordinación y convocatoria de las reuniones del Consejo de Administración, así como la llevanza del libro de actas correspondiente y, especialmente y como cuestión de valor añadido, la asistencia a las reuniones al objeto de asesorar jurídicamente a los miembros del órgano de administración y, en su caso, la elaboración de los informes que procedieran. Se trata de profesionalizar el órgano de administración y, por tanto dicho soporte legal Lladó Grup Consultor lo hace extensivo, no solamente a las empresas que se rigen por un Consejo de Administración, sino a todas las sociedades que el Administrador requiera un asesoramiento personalizado, próximo, sistemático con reuniones de carácter periódico, y enfocado tanto a empresas de cierto tamaño que pueden tener distintas cuestiones de carácter legal, como la empresa de menor envergadura pero que, el administrador, se sienta debidamente acompañado por un especialista en la toma de sus decisiones empresariales con trascendencia legal.