Los becarios no tienen la consideración de trabajadores por cuenta ajena, y puede parecer que las empresas no deben cumplir ningún tipo de obligación respecto a este colectivo. Sin embargo, nada más lejos de la realidad, pues no solamente hay que darlos de alta y cotizar por ellos en el supuesto que se les abone alguna contraprestación económica, sino que la empresa incluso podría entrar en responsabilidades ante un accidente laboral.
En este sentido, la ley que regula las prácticas de los estudiantes universitarios también obliga a informar a los becarios sobre las normas de seguridad y de prevención de riesgos laborales. La recomendación no es otra que la de darles, además la formación, revisiones médicas y protección de la misma forma que a los trabajadores en plantilla con relación laboral. Será la mejor manera de defenderse de la imputación de cualquier tipo de responsabilidades.