El sistema habitual de amortización de activos es utilizando las tablas oficiales donde se establecen unos coeficientes de amortización máximos, pero en ciertos casos su empresa puede computar una amortización superior, con la ventaja de reducir el pago del Impuesto de Sociedades.
Esta amortización superior debe computarse de forma correcta, debiendo en ciertos casos contabilizarse, pero en otros no es necesario.
CONTABLE.- Las que deben computarse en la cuenta de pérdidas y ganancias (contabilización), los supuestos más habituales son:
– Amortización DEGRESIVA, que se amortiza más rápidamente los primeros años.
– Bienes USADOS, que en general se aplica el doble del coeficiente en tablas.
– Amortización por TURNOS, de bienes utilizados en más de un turno de trabajo.
– DEPRECIACIÓN EFECTIVA, que pueda demostrar la empresa una depreciación superior a la de tablas.
EXTRACONTABLE.- Hay casos en que no es necesario que la amortización adicional esté contabilizada y sin necesidad de acreditarla.
– LIBERTAD de amortización, por creación de empleo (en pymes) o de libertad de amortización de bienes escaso valor.
– ACELERADO, en caso de pymes que se permite multiplicar por dos los coeficientes de tablas.
– LEASINGS, que es deducible la parte de recuperación del coste del bien con el límite del doble de la amortización según tablas (o el triple en caso de pymes).
Consulte con su asesor fiscal.
Josep Cid Dacosta
Soci-Economista