A los contribuyentes que presenten solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de las deudas tributarias, se aplica la cifra sin necesidad de aportar garantías a 30.000 euros en total, en lugar de los 18.000 euros hasta la fecha.
Cuando se supere esta cifra computando todas las deudas con Hacienda, será necesario presentar garantías en forma de aval bancario, garantía hipotecaria o seguro de caución y continúan siendo inaplazable el pago de la retenciones de IRPF.
Pedir un aplazamiento de pago tiene sus costes, ya que se ha de pagar el tipo de interés de demora que fija cada año la Ley de Presupuestos del Estado y que en 2015 está fijado en el 4,375 % y para 2016 se reduce a 3,75%.
Conviene calcular bien el importe que se debe a Hacienda de deudas en voluntaria, en recaudación, etc., para no sobrepasar esta nueva cifra de 30.000 euros.