En caso de matrimonios separados o divorciados que tienen la custodia compartida de sus hijos menores, o en parejas de hecho que ha dejado de convivir, pueden presentar la declaración de IRPF de forma conjunta con los hijos y aplicar una reducción en la base imponible de 2.150 euros. Pero deben conocer que solo uno de los progenitores puede hacerlo y no los dos, por lo que sería conveniente ponerse de acuerdo con el otro, sobre quien lo hace, o bien pactarlo, ya que también puede ser un año uno y el siguiente otro, pero no lo hagan los dos, ya que Hacienda lo detectaría fácilmente y actuará contra ustedes, exigiéndole la cuota que no ingresó, intereses de demora y posiblemente una sanción.
Lo óptimo sería que presente declaración conjunta con los hijos el progenitor con mayores ingresos, ya que al ser el tipo impositivo superior, al aplicarlo sobre los 2.150 euros, la reducción también es superior, pero como decimos, lo conveniente es ponerse de acuerdo los dos progenitores, para que ese ahorro lo aproveche uno de ellos, o bien lo compartan.