Muchas empresas no se deducen el IVA de los desplazamientos, contabilizando todo el importe como coste, sin desglosar ni deducir el IVA, ya que el único justificante del que disponen es el recibo facilitado por el taxista, el restaurante, el hotel, etc.
Debe conocer los requisitos que su empresa debe cumplir para deducirse el IVA:
- El servicio que reciba debe estar relacionado con su actividad económica, siendo un gasto deducible del Impuesto de Sociedades o de Renta, como es la visita a clientes y proveedores.
- Deberá disponer de una factura con el nombre de la empresa, el NIF y el domicilio, además de constar el tipo de IVA aplicado y la cuota, la fecha de expedición y la identificación del que presta el servicio, o sea una factura completa.
Actúe de la misma forma con cualquier servicio de desplazamiento y que es habitual no solicitar factura. Si no dispone de factura completa, el IVA no será deducible.
Es un engorro, pero es útil el esfuerzo.