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LE RECLAMAMOS LA PLUSVALÍA MUNICIPAL
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El Impuesto municipal sobre el Incremento del Valor de lo Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), también conocido como el Impuesto de Plusvalía Municipal, grava el incremento de valor que teóricamente tiene un inmueble durante el tiempo que ha estado en manos de quien lo vende. Un tributo local que se paga cada vez que un inmueble cambia de propietarios (venta, herencia, donaciones).
El Tribunal Constitucional en Sentencia de mayo de 2017, recoge una sentencia en la que se establece que la carga de la prueba corresponde a la Administración, en este caso el Ayuntamiento. Por lo tanto, no es el contribuyente el que tiene que probar que no hubo incremento de valor de los terrenos. Es la administración quien debe probar que hubo una ganancia en la transmisión del inmueble urbano.
Al mismo tiempo, los Juzgados Contenciosos Administrativos están anulando, para los casos en los que hay incremento de valor porque consideran que no hay forma de liquidar el impuesto y que cualquier liquidación debe ser anulada, por falta de regulación legal tras la Sentencia del Constitucional.
Joan Lladó Chimenis
Abogado
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No te quedes sin reclamar a tu ayuntamiento. Desde Lladó Grup Consultor le asesoramos con un estudio gratuito de viabilidad de la reclamación. Contacte con nosotros en el 934 646 210 o rellena el siguiente formulario y nos pondremos en contacto contigo.
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08911 Badalona
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