La Dirección General de Tributos que es quien emite criterios de interpretación de Hacienda, establece que los particulares que venden bienes en plataformas online como eBay, Wallapop o Vibbo, están gravados por Transmisiones Patrimoniales (ITP) y hacienda recaudará el 4% de lo que se obtenga de las ventas.
De esta forma, estas transacciones digitales reciben un gravamen análogo al que se impone a las ventas “físicas” de bienes usados, aunque son difíciles de localizar para el Fisco.
Las ventas online están creciendo de forma sustancial y quedan registradas, y Hacienda puede solicitar información a estas plataformas de comercio online, para investigar las transacciones. También se hacen ventas de cuadros, objetos de colección, etc., de importes elevados. También existe otro impuesto como es el IRPF (declaración de Renta), que puede afectar cuando los bienes se venden a un precio superior al que se compró y existe una ganancia patrimonial que tributa. Por eso es recomendable guardar documentos que acrediten la propiedad del bien, y pruebas de la transacción como facturas o pantallazos del cierre del acuerdo para demostrarle a Hacienda.
Uno de los objetivos prioritarios de control de Hacienda en los últimos ejercicios, son las empresas de la economía digital, como es el caso que en 2018 tendrán que pasar información del alquiler vacacional como son las plataformas Airbnb o Wimdu. Los caseros, además, deberán guardar los datos de los arrendatarios.
Consulte con su asesor fiscal.
Josep Cid Dacosta
Soci-Economista