Si desea aplazar el pago de un impuesto y los bancos no le avalan, usted puede aportar otras garantías, como es el caso de una hipoteca sobre un inmueble.
Al solicitar un aplazamiento, Hacienda le exigirá aportar garantías que cubran la deuda aplazada, los intereses de demora que genere el aplazamiento y el 25% de la suma de ambas cuantías. En caso de que el importe no supere el límite de los 30.000 euros, no será necesario aportar garantías.
Normalmente Hacienda le pedirá un aval bancario y usted deberá acreditar que no es posible, aportando justificantes de las entidades financieras con las que trabaja, las cuales le han de denegar el aval para hacerlo con garantía hipotecaria de un inmueble, debiendo aportar la siguiente documentación:
- Un informe de una entidad tasadora que diga cuál es su valor de mercado (utilice una que esté inscrita en el Registro del Banco de España).
- Un certificado del Registro de la Propiedad para que Hacienda pueda hacer comprobaciones de la finca.
Recuerde que Hacienda no admite como garantía los inmuebles con dos o más cargas, o con una sola carga si el importe ejecutable del inmueble (el valor de tasación menos el importe total garantizado de la deuda previa) sea inferior al 50% de su valor de tasación o al 75% de la deuda que se pretende aplazar.
Ante cualquier duda, consulte con su asesor.
Josep Cid Dacosta
Socia- economista