Se reduce del 21% al 10% el IVA de la electricidad
Se reduce el tipo impositivo del IVA aplicable al suministro de electricidad a ciertos consumidores, según previa consulta del Comité de IVA de la Unión Europea.
Con efectos desde el 26-6-2021 y vigencia hasta el 31-12-2021, se establece de forma excepcional y transitoria una rebaja del IVA del tipo 21% al 10%, a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica, efectuadas a favor de:
- Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuyo término fijo de potencia no supere los 10 KW, cuando el promedio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45€/MWh, con el objetivo de reducir su importe.
- Titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social (RD 8997/2017), con independencia del precio de la electricidad del mercado mayorista.
Para compensar los mayores costes que están soportando las empresas que determinan el precio de la electricidad en el mercado mayorista, se reduce uno de los costes operativos como es el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, exonerando del Impuesto durante el tercer trimestre de 2021 a las instalaciones que producen electricidad y la incorporan al sistema eléctrico.
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