[av_one_full first min_height=” vertical_alignment=” space=” custom_margin=” margin=’0px’ link=” linktarget=” link_hover=” padding=’0px’ border=” border_color=” radius=’0px’ background=’bg_color’ background_color=” background_gradient_color1=” background_gradient_color2=” background_gradient_direction=’vertical’ src=” background_position=’top left’ background_repeat=’no-repeat’ animation=” mobile_breaking=” mobile_display=” av_uid=”]
[av_image src=’http://www.lladogrup.com/wp-content/uploads/RGPD-RRHH-empresa-1000×667-1.jpg’ attachment=’9877′ attachment_size=’full’ align=’center’ styling=” hover=” link=” target=” caption=” font_size=” appearance=” overlay_opacity=’0.4′ overlay_color=’#000000′ overlay_text_color=’#ffffff’ copyright=” animation=’no-animation’ av_uid=’av-jia1k3hp’ admin_preview_bg=”][/av_image]
[/av_one_full][av_one_full first min_height=” vertical_alignment=” space=” custom_margin=” margin=’0px’ link=” linktarget=” link_hover=” padding=’0px’ border=” border_color=” radius=’0px’ background=’bg_color’ background_color=” background_gradient_color1=” background_gradient_color2=” background_gradient_direction=’vertical’ src=” background_position=’top left’ background_repeat=’no-repeat’ animation=” mobile_breaking=” mobile_display=” av_uid=”]
[av_textblock size=” font_color=” color=” av-medium-font-size=” av-small-font-size=” av-mini-font-size=” av_uid=’av-jia1l0xv’ admin_preview_bg=”]
LA RGPD EN LA GESTIÓN DE RRHH DE LA EMPRESA
[/av_textblock]
[/av_one_full][av_one_full first min_height=” vertical_alignment=” space=” custom_margin=” margin=’0px’ link=” linktarget=” link_hover=” padding=’0px’ border=” border_color=” radius=’0px’ background=’bg_color’ background_color=” background_gradient_color1=” background_gradient_color2=” background_gradient_direction=’vertical’ src=” background_position=’top left’ background_repeat=’no-repeat’ animation=” mobile_breaking=” mobile_display=” av_uid=”]
[av_textblock size=” font_color=” color=” av-medium-font-size=” av-small-font-size=” av-mini-font-size=” av_uid=’av-jia1xg4f’ admin_preview_bg=”]
El pasado 25 de mayo entró en vigor en nuevo Reglamento General de Protección Datos, UE 2016/679, de 27 de abril (RGPD), una normativa que implica que todas las empresas que actúen en la Unión Europea deben adoptar políticas, procesos y prácticas en el ámbito de la gestión de los datos personales de sus clientes, usuarios, proveedores y, también, de sus trabajadores y departamentos de Recursos Humanos.
Lo evidente es que las reglas del juego han cambiado para las empresas respecto a los datos personales de sus trabajadores. Un gran cambio de paradigma que unido al elevado importe de las sanciones -que pueden alcanzar los 20 millones de euros o el 4% de los ingresos brutos del grupo empresarial al que pertenezca la compañía- convierte esta materia en indispensable para los departamentos de recursos humanos.
En resumen las empresas deben tener en cuente que:
Finalidad en la recogida de datos personales
Los datos pueden recogerse y tratarse en el marco de la relación laboral limitando a aquellos que sean adecuados, pertinente y necesarios para el cumplimiento del contrato de trabajo.
Nuevos derechos de los trabajadores
Además de los derechos ARCO, se reconocen nuevos derechos, como el derecho de la portabilidad de los datos, y se regulan derechos específicos como el derecho al olvido, cuya ejecución por los trabajadores es limitada durante el desarrollo de la relación laboral, aunque podría cobrar relevancia una vez terminada.
También se reconoce el nuevo derecho del trabajador, que impide que las empresas tomen decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado, conocido como de perfiles. Importante en la implementación de software de inteligencia artificial en ámbito de RRHH.
Información cualificada a los trabajadores
En el momento de la obtención de los datos personales del trabajador como los trabajadores actualmente en plantilla, incluye la obligación de informar sobre los fines del tratamiento, la base jurídica del tratamiento, los datos de contacto -si lo hubiera- del Delegado de Protección de Datos (DPD), o el plazo durante el cual se conservaran los datos personales.
Delegado de Protección de Datos (DPD)
Según determinadas especificaciones, algunas empresas deben designar un DPD, ya sea interno o externalizado a un tercero.
Códigos de conductas telemáticos
Revisar las políticas internas o códigos de conducta sobre el uso de medios telemáticos que las empresas tengan implantados, así como el impacto de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral.
Video Vigilancia
Revisar el procedimiento de instalación y el uso de cámaras de video vigilancia en la empresa, a la luz de sentencias del TEDH, en la que se determina que la instalación de cámaras fijas debe informarse de forma previa y clara a los trabajadores sobre su finalidad y ubicación, de conformidad con lo previsto en la normativa de Protección de Datos.
Actualización de contratos con proveedores
Actualizar los contratos suscritos con aquellos proveedores o empresas que tengan acceso a datos personales de la empresa, como por ejemplo servicios de gestión de nóminas o selección de personal, para adaptación de la RGPD.
Desde nuestro Departamento de Derecho Digital , podrán ampliarles información, asesorarlos en la implantación de la RGPD, presentarles una propuesta económica y de servicios para de una manera práctica y sencilla, adaptar su empresa a la RGPD.
Le esperemos en Lladó Grup Consultor
c/ Sant Domènec, 39-41
08911 Badalona – consultor@lladogrup.com
[/av_textblock]
[/av_one_full]