Queda poco para que acabe 2016 y es aconsejable reflexionar, organizar y planificar nuestra declaración de la Renta para pagar menos a Hacienda el próximo año. Hay varias acciones a realizar que le permiten ahorrar y, a la vez, desgravar. Le vamos a mencionar algunas de las más habituales.
RENDIMIENTOS DEL TRABAJO
- Interesa cambiar retribuciones dinerarias por retribuciones en especie que no se tributan, como son la tarjeta restaurante, la de transporte, el vale guardería o un seguro médico para la familia.
MAYORES DE 65 AÑOS
- Si una vez cumplidos los 65 años vende su vivienda habitual, no tendrá que tributar por la ganancia que tenga, indistintamente de su importe.
- Para no tributar por una ganancia patrimonial, puede constituir una renta vitalicia reinvirtiendo lo obtenido hasta un máximo de 240.000 euros.
ARRENDADORES DE VIVIENDAS
- Si tiene previsto una reparación, le conviene adelanta a 2016 el gasto para tributar menos.
- Es mejor alquilar el piso para vivienda permanente que para un despacho o apartamento vacacional y así reducirá el 60% del rendimiento neto.
PLUSVALIAS Y MINUSVALIAS
- Si en 2016 ha transmitido algún bien obteniendo una plusvalía, conviene transmitir otro bien o valores para realizar minusvalías tácitas para compensar la ganancia.
- Si lo que ha obtenido es una pérdida patrimonial o minusvalía, podría actuar realizando una ganancia para compensarla y no tributar por la misma.
EMPRESARIOS Y PROFESIONALES
- Si tributa en régimen de estimación directa como persona física, puede interesar aplazar las últimas ventas a primeros de 2017 o anticipar gastos a 2016 con el fin de tributar menos.
- Si crea empleo e invierte en elementos nuevos del inmovilizado material, las podrá amortizar libremente en 120.000 euros/año por cada persona/año de incremento.
SISTEMAS DE PREVISION SOCIAL
- Puede realizar aportaciones a planes de pensiones hasta un máximo de 8.000 euros al año, o bien aportación al cónyuge de un máximo de 2.500 euros/año para desgravar en su Renta, si reúne ciertos requisitos.
VIVIENDA HABITUAL
- Si hemos adquirido la vivienda habitual antes de 2013 podemos seguir aprovechando todavía la deducción por adquisición de vivienda con un máximo de 9.040 euros al año.
Consulte con su asesor fiscal,
Josep Cid Dacosta
Socio – Economista