Si usted tiene uno o más inmuebles en alquiler, sepa qué tratamiento tendrá en su IRPF, y cómo se aplica la licitación en cuanto a la deducción de los gastos afectos.
Los gastos por reparaciones e intereses de un inmueble determinado, no pueden compensarse con los ingresos procedentes de otro inmueble, ya que los rendimientos netos por el alquiler deben calcularse inmueble por inmueble, y en concreto:
- Los intereses y los gastos de conservación y reparación sólo son deducibles hasta el límite de los ingresos del inmueble en cuestión.
- El exceso es deducible, con los mismos límites en los cuatro ejercicios siguientes.
- El resto de gastos sí pueden deducirse sin límite alguno, pudiendo generar incluso un rendimiento negativo, pero por cada inmueble por separado.
Si este es su caso, podrá compensar dichos rendimientos negativos con los otros rendimientos positivos que declare en la base general de su IRPF.
Consulte con su asesor fiscal.
Josep Cid Dacosta – Soci-Economista