Si usted tiene una hipoteca con cláusula suelo (interés mínimo pactado) y reclamó su anulación o lo reclamará, si el banco le devuelve los intereses satisfechos de más, ¿deberá declarar este ingreso en su IRPF?
Si el banco le devuelve intereses, la tributación en el IRPF depende de la situación en particular:
1.- Si destinó el dinero de la hipoteca en adquirir un inmueble para uso particular, ya sea vivienda habitual o segunda residencia, usted no deberá declarar los intereses que reciba, ya que no se considerará un ingreso.
2.- Si destinó el dinero de la hipoteca a adquirir su vivienda habitual y disfrutó de la deducción correspondiente, tendrá que regularizar parte de ese incentivo:
- a) Si las cuotas anuales no alcanzan los 9.040 euros, usted deberá regularizar el incentivo en todo caso.
- b) Pero si las cuotas fueran superiores, sólo procede a regularizar si tras deducir los intereses reintegrados, la base de la deducción queda por debajo de los 9.040 euros. Si la diferencia es superior, no debe hacerlo.
La regularización se hará en la declaración del IRPF del año en que le devuelvan esos intereses de más.
Josep Cid Dacosta
Socio-Economista