La normativa fiscal contempla incentivos fiscales si las empresas adquieren vehículos eléctricos, y también existen ayudas para la adquisición de estos vehículos nuevos, pudiendo ser turismos, furgonetas, camiones ligeros, etc.
El importe de la ayuda varía según el vehículo nuevo que se adquiera y por ejemplo, para furgonetas o camiones ligeros con autonomía exclusivamente eléctrica y superior a 60 kilómetros, la ayuda es de 8.000 euros por cada vehículo.
Por lo tanto, si es de su interés, tenga en cuenta lo siguiente:
- Puede beneficiarse de la ayuda independientemente que lo adquiera directamente, o mediante leasing o renting.
- Esta ayuda puede solicitarse en el propio establecimiento donde tenga que adquirir el vehículo.
- El plazo de solicitud es hasta finales de 2015, pero cuidado que los fondos son limitados y pueden agotarse en cualquier momento del año.
- Infórmese en la página web http://www.idae.es, apartado “MOVELE 2015”, donde tendrá información de los modelos de vehículos subvencionados, puntos de venta, etc.
- El importe de la subvención, tributará en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades, en cambio los descuentos del precio no tributan.
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