Objetivo
Facilitar la incorporación de nuevas tecnologías digitales a las empresas comerciales, de forma que aumenten la competitividad, tanto de estas como de las paradas de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.
Contribuir a fomentar nuevos modelos de negocio, basados en el omnicanalidad y en la mejor experiencia de compra posible para los consumidores y consumidoras, creando estrategias que integren tienda física y en línea.
Mejorar el posicionamiento y la presencia a internet del sector del comercio y de los servicios para adaptarse y hacer frente a la nueva situación y fortalecer sus capacidades y hacerlo más competitivo en la era puesto-Covid19.
Beneficiarios
Autónomos y empresas que tengan como mínimo, un establecimiento a pie de calle en Cataluña en algún de los sectores siguientes:
1- Comercio minorista de venta al por menor (todo tipo de establecimiento).
2- Servicios de Talleres mecánicos., fotográficos, Copisterias y artes gráficas, servicios de reparaciones. Agencias de viajes detallistas, Tintorería y lavanderías, Peluquería y salones de estética y belleza, Bares cafeterías, restaurantes.y empresas de comer preparado y catering.
3- Paradas de mercados municipals sedentarios y no sedentarios.
Quedando excluidos expresamente las empresas fabricantes y mayoristas que no realizan venta al por menor.
Requisitos
La empresa beneficiaria tiene que tener como mínimo un establecimiento a pie de calle en Cataluña:
- Inversión mínima 1.000 euros
- Realizado por autónomos o empresas proveedoras especializadas.
- Fecha tope realización del proyecto: 31 de diciembre de 2022.
- Las soluciones tecnológicas (eCommerce, web, APPS, cartelera digital) tienen que estar disponibles obligatoriamente en lengua catalana.
Acciones subvencionables
Web personalizadas con sistemas informáticos que permitan la gestión, marketing digital, redes sociales, formación en marketing digital, ecommerce (recogida en su punto de venta), digitalización del punto de venta, proyecto de estrategia digital 360°, proyectos y estudios de consultoría digital para el asesoramiento especializado.
En ningún caso se subvencionarán máquinas de gestor de cobro en efectivo (TPV), ni soluciones ofimáticas, ni sistemas operativos, office o similares, ordenadores, tabletas, impresoras de sobremesa, cámaras fotográficas, sesiones fotográficas, etc.
Cuantía de la subvención
Hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000 euros.
Procedimiento de concessión
Por concurrencia competitiva (puntuación).
Plazo de solicitud
Convocatoria pendiente de abrir.