El uso de Bizum se ha consolidado como la forma preferida de pago instantáneo en España. Sin embargo, con el inicio de la campaña de la Declaración de la Renta 2025, surge una duda recurrente: ¿Tengo que declarar los pagos realizados o recibidos por Bizum?.
En Lladó Grup Consultor queremos que gestione tu fiscalidad con total tranquilidad. A continuación, te explicamos en qué casos el Bizum deja de ser un simple envío de dinero para convertirse en una obligación ante la Agencia Tributaria.
Como el Bizum se utiliza para hacer todo tipo de pagos y cobros, hacienda intensifica para esta campaña de la Renta en 2026, el control sobre las operaciones realizadas a través de Bizum. Y por lo tanto, aquí surgen las dudas a la hora de realizar la declaración de la Renta, ¿Qué tipos de Bizum debo declarar?. ¿Me sancionan si no incluyo en mi declaración de la renta el cobro de una operación con Bizum?. ¿Qué pasa si soy autónomo y cobro mis servicios con el sistema Bizum?.
¿Cuándo es obligatorio declarar un Bizum?
Por norma general, Hacienda no pone el foco en el medio de pago, sino en la naturaleza de la operación.
Soy autónomo, ¿Debo declarar los Bizum que recibo?
El 2026 entró en vigor una novedad respecto al pago mediante Bizum como contraprestación por ventas o servicios prestados por empresarios o profesionales. Las entidades bancarias deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria de la facturación acumulada cada mes y realizada a través del método Bizum por empresarios y profesionales.
Por lo tanto, los autónomos y profesionales que utilizan Bizum de manera habitual como medio de pago con sus clientes tienen que contabilizar y declarar estas transacciones exactamente igual que pasa con las transferencias, los cobros con tarjeta o los que reciben en efectivo. Esto es porque estas operaciones están sujetas a tributación de impuestos como el IVA o el IRPF.
En los casos de los autónomos que utilicen Bizum como medio de pago por sus servicios, es aconsejable que separen las cuentas en que se hacen este tipo de pagos. Conviene tener una cuenta de Bizum personal y otra profesional, de forma que los pagos queden claramente separados según su naturaleza.
¿Debo declarar el pago de un alquiler mediante Bizum?
El cobro de alquileres de inmuebles, debe incluirse en la declaración de la Renta, tanto si se hace a través de Bizum como de cualquier otro medio de pago.
Las rentas por alquiler de inmuebles, sea cual sea su cuantía, se consideran rendimientos del capital inmobiliario. Por lo tanto, estas operaciones tendrán que declararse como tales, sin importar que el alquiler sea habitual, temporal o puntual, y que hayamos recibido estas rentas a través de Bizum.

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Consejos para evitar problemas con Hacienda
Para evitar requerimientos innecesarios, desde Lladó Grup Consultor os recomendamos:
- Claridad en los conceptos: Evita términos confusos o «de broma». Usa conceptos descriptivos como «Cena 20/05» o «Factura 123».
- Separar cuentas: Si eres profesional, utiliza una cuenta específica para tu negocio y otra para tus gastos personales.
- Guardar justificantes: Conserva siempre las facturas o tickets que respalden los cobros recibidos por esta vía.
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La fiscalidad de las nuevas tecnologías puede ser compleja y puede influir en tu declaración de la Renta. Si tienes dudas sobre cómo declarar tus ingresos digitales, en Lladó Grup Consultor, estamos a tu disposición con nuestro equipo de expertos en asesoría fiscal.






