Han sido dos años para las pymes marcados por la pandemia, y muchas empresas han apostado por seguir trabajando y apostar por salir delante de las situaciones complejas. El año 2022 viene cargado de novedades para las pymes y a continuación resumimos las novedades más interesantes, porque afecta a diferentes sectores y tamaños de empresas.
Novedades en la Cotización y Cuota de autónomos
Cuota de autónomos
Una de las novedades anunciadas, es la subida de la cuota de autónomos. Tal y como se recoge en los Presupuestos Generales del Estado, todos aquellos trabajadores por cuenta propia que coticen por la base mínima en 2022 van a tener que pagar 8 euros más al mes en su cuota de autónomos.
Por lo tanto, pasa de los 286 euros mensuales de 2021, a los 294 euros mensuales en 2022 de cuota de autónomos.
- Incremento de las contingencias profesionales, del 1,1% al 1,3% en 2022.
- Por cese actividad del 0,8% al 0,9% en 2022.
- En contingencias comunes 28,3% y formación profesional 0,1% se mantienen en 2022.
Bases de cotización
- Base mínima: se pasa de 944,40 euros a los 960,60 euros mensuales en 2022.
- Base máxima: se pasa de 4.070,10 euros a los 139,40 euros mensuales en 2022.
Novedades fiscales de la pyme y autónomos en 2022
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Limitación a 1.500 euros las deducciones de las aportaciones a planes de pensiones: a partir del 1 de enero de 2022 se reduce el límite aplicable relativo a las aportaciones a sistemas de previsión social en el IRPF.
- Régimen de Estimación Objetiva (Módulos): en el año 2022 se prorrogan los límites de tributación por módulos de los autónomos y se mantienen sus niveles y condiciones, como es el caso de la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos.
- Ayudas públicas: de acuerdo con los Presupuestos Generales del Estado, no se incluyen en la base imponible del IRPF las ayudas públicas recibidas para reparar los daños de la erupción volcánica de la isla de la Palma.
Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
En cuanto al IVA, del mismo modo que ocurre con el sistema de módulos, en el año 2022 se prorrogan los límites establecidos para el régimen simplificado y el régimen especial de Agricultura, Ganadería y Pesca en el IVA.
Impuesto sobre Sociedades
En el año 2022 se establece en el Impuesto sobre Sociedades una tributación mínima del 15% de la base imponible para aquellas sociedades con importe neto de cifra de negocio igual o superior a 20 millones de euros o que tributen por el régimen de consolidación fiscal, independientemente del importe de su cifra de negocios.
- Sociedades de nueva creación
La tributación mínima pasará del 15% al 10%. Y se reduce del 30% al 18% el tipo para las entidades de crédito y de exploración e investigación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos.
- Sociedades dedicadas al arrendamiento de viviendas
La bonificación fiscal pasa del 85% al 40%.
Impuesto sobre la Renta de No Residentes
A partir del 1 de enero de 2022 a los no residentes con establecimiento permanente se les aplica la tributación mínima del Impuesto sobre Sociedades.
Si quieres más información sobre las novedades fiscales del 2022, puedes leer nuestros artículos web:
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
En 2022 para el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), se crea un grupo nuevo que va a clasificar la actividad de los periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación. Estos no disponían de una clasificación específica hasta el momento.
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
En 2022 respecto al impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP – AJD), se va a regular una actualización del 1% en la escala de gravamen de los títulos nobiliarios.
Limitación de pagos en efectivo a 1.000 euros
El pasado 11 de julio de 2021 entró en vigor la denominada “Ley antifraude”, cuya novedad es que rebaja el límite legal para realizar pagos en efectivo a 1.000€ entre profesionales y 2.500€ entre particulares, y prohíbe las amnistías fiscales.
Las principales novedades en la reforma laboral
- Los contratos temporales: se limita la temporalidad al fijarse en 6 meses, ampliable a un año, la duración del contrato temporal por circunstancias de la producción, y en 90 días la duración de los contratos por aumento de trabajo ocasional.
- La subcontratación: se ha acordado no restringir la subcontratación, pero se deberá respetar el convenio de la empresa que haga la subcontrata o de la actividad que realice. El objetivo es limitar los casos de abuso laboral que esta forma de trabajo ha provocado en los últimos años.
- Los convenios: el convenio de empresa prevalece sobre el sectorial, salvo en los salarios. Se mantienen los descuelgues, pero los sueldos no podrán ser inferiores a los fijados en el convenio de sector.
- La formación: se limitará el contrato de formación para jóvenes hasta 30 años y se dividirá en: contrato de formación dual (que combina empleo y formación), y contrato para la práctica profesional.
- La ultraactividad: se recupera la ultraactividad, lo que permitirá que el convenio colectivo se prolongue hasta que sea sustituido por uno nuevo.
- Los ERTE: se crea un nuevo «mecanismo RED», una herramienta de flexibilidad interna (que tendrá que ser activada por el Consejo de Ministros) y que dispondrá de dos modalidades: cíclica y sectorial.
Novedades en la Inspección de Trabajo: sanciones automatizadas
La inspección de Trabajo y de la Seguridad Social se digitaliza y moderniza, pudiendo a partir del 1 de enero de 2022 emitir sanciones en base a los datos manejados en sus sistemas informáticos, sin necesidad de que exista una visita previa o de la inspección a la empresa o una comprobación en sus oficinas. Debido a los desarrollos de inteligencia artificial y big data, se van a poder detectar numerosas irregularidades que automáticamente generarán la sanción. Como es el caso de 9 errores o retrasos en cotizaciones o altas y bajas de trabajadores o retrasos en presentación de contratos de trabajo.
Todo ello obliga a que las pymes y autónomos que tengan personal contratado en nómina se aseguren de que todos los trámites laborales se están realizando de manera efectiva.
Nueva ley de Startups
La ley de Startups aprobada por el gobierno a final de 2021 conseguirá su pleno desarrollo en 2022. Entre las novedades más destacables para emprendedores destacan:
- Se mantiene la rebaja del impuesto de sociedades del 25% al 15%, aplicable durante los primeros años de vida de una startup.
- Se introduce la exención de cotizar a la Seguridad Social si compaginas un trabajo por cuenta ajena con la creación de tu startup.
- Se eleva a 50.000 euros la exención en las “stock options” y al 50% (hasta un máximo de 100.000 euros) la exención por inversiones realizadas en empresas de nueva creación.
- Simplificación de la tramitación burocrática:
- eliminando la obligación de los pagos fraccionados en los Impuestos de Sociedades y No Residentes
- o algunos de los aranceles notariales necesarios para la constitución.
- se elimina la obligación de obtener el Número de Identificación de No Residente, con lo que pueden operar con un NIF.
- y se incorpora un visado especial para emprendedores y trabajadores de empresas extranjeras que deseen instalarse en nuestro país.
Nueva Ley Concursal
En la reforma de la ley concursal para el 2022 destacan los mecanismos de alerta temprana y la posibilidad de exonerar deudas:
- Mecanismos de alerta temprana de peligro de insolvencia: introducen una serie de indicadores de aviso para que la empresa conozca y valore sus riesgos.
- Exoneración del pasivo insatisfecho a los deudores «de buena fe» y a los consumidores: se podrá optar por una exoneración inmediata previa a la liquidación o por un plan de pagos o exoneración provisional. Eso sí, en esta exoneración no entran los créditos públicos o deudas con Hacienda y la Seguridad Social, salvo cantidades muy pequeñas.
Estas son la lista de novedades más significativas del 2022. ¿Cuántos de estos cambios te afectan? Si necesitas ayuda para cumplir con alguna de las novedades, contacta con el equipo de profesionales de Lladó Grup Consultor.