Novedades en la deducción por maternidad
A partir de 2023 se han flexibilizado mucho los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad que se aplica cuando se tienen hijos hasta que cumplen 3 años.
En este año para disfrutar de esta deducción por maternidad basta con qué en el momento del nacimiento del hijo, la madre estuviera cotizando a la Seguridad Social o cobrando del paro. Pero también es suficiente qué tras el nacimiento, la madre cotice durante al menos 30 días.
Además, se contemplan mejoras para 2020,2021 y 2022, que también se han flexibilizado los requisitos aplicables para disfrutar de este incentivo respecto al IRPF de estos tres años.
A cualquier mujer que trabaje por cuenta ajena o propia y durante algún mes de dichos ejercicios alguno de sus hijos tenía menos de tres años (o ha sido adoptado), compruebe si puede aplicar o reclamar el incentivo que no tuvo posibilidad de aplicarlo en tales ejercicios.
¿Quién puede aplicar la deducción por maternidad?
Tienen derecho a aplicar la deducción por maternidad todas las mujeres con hijos menores de 3 años que a partir del 1/1/2020:
- Hubieran pasado a encontrarse en situación legal de desempleo.
- Se encontrasen en un periodo de inactividad productiva derivado de un contrato de trabajo fijo-discontinuo.
- O trabajadoras por cuenta propia (autónomas) perceptoras de una prestación por cese de actividad como consecuencia de la suspensión de la actividad.
Beneficios de la deducción por maternidad en la declaración de la Renta
Esta medida va a beneficiar especialmente a las madres trabajadoras que:
- se viesen afectadas por un ERTE de suspensión y no pudiesen practicar la deducción por maternidad por los meses en que su contrato de trabajo estuvo suspendido,
- las madres autónomas obligadas a suspender su actividad.
En ambos casos, podrán aplicar en la declaración de la renta del ejercicio 2022, el incentivo de dicho año, y también el que no pudo practicar en 2020 y 2021. El importe de cada año completo asciende a 1.200 euros.
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