Dirigir una empresa implica tomar decisiones difíciles, especialmente cuando los números no acompañan. En Lladó Grup Consultor por nuestra dilatada experiencia sabemos que unos de los momentos más complicados para un empresario, es cuando la empresa entra en una situación de insolvencia.
Una de las preguntas más recurrentes ante una situación financieramente complicada es: ¿cuándo es obligatorio solicitar el concurso de acreedores para evitar responsabilidades personales? La legislación española es muy clara al respecto y no deja margen a la improvisación. Retrasar esta decisión puede hacer que el administrador responda de las deudas de la sociedad con su propio patrimonio. A continuación, analizamos los plazos, y las consecuencias de no actuar a tiempo.
Plazo legal para solicitar la declaración de Concurso de acreedores
La Ley Concursal establece que el deudor debe solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia actual.
Es importante diferenciar dos conceptos jurídicos que determinan la obligatoriedad:
- Insolvencia actual: La empresa no puede cumplir regularmente con sus obligaciones financieras exigibles en el momento presente. Aquí el concurso es obligatorio dentro del plazo de dos meses.
- Insolvencia inminente: El administrador prevé que en un futuro próximo no podrá cumplir con sus obligaciones. En este escenario, solicitar el concurso es voluntario, pero altamente recomendable como medida preventiva.
¿Cómo saber si la empresa está en situación insolvente?
Para evitar que los administradores dilaten la situación, la normativa fija una serie de indicadores objetivos que demuestran que una empresa debe iniciar el proceso de concurso de acreedores para evitar responsabilidades:
- Cese general en los pagos
Incapacidad corriente para abonar las deudas del día a día.
- Impagos tributarios a Hacienda
Existencia de embargos o retrasos generalizados durante 3 meses.
- Impagos a la Seguridad Social
Cuotas impagadas de los trabajadores durante 3 meses consecutivos.
- Impagos de salarios
Retraso o falta de pago de nóminas e indemnizaciones durante 3 meses.

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Preconcurso de acreedores: Una prórroga estratégica
Si la empresa detecta la insolvencia pero considera que puede llegar a un acuerdo de refinanciación con sus acreedores o un plan de reestructuración, existe una alternativa: el preconcurso de acreedores.
Esta herramienta otorga una prórroga legal de tres meses (más un mes adicional para presentar el concurso si las negociaciones fallan) durante los cuales se suspenden las ejecuciones judiciales y los embargos contra los bienes de la empresa. Además, paraliza el deber de solicitar el concurso obligatorio mientras se negocia un plan de viabilidad.
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Cómo puede ayudarte el equipo legal Lladó Grup Consultor
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