Las empresas de 50 o más trabajadores adquieren una serie de obligaciones adicionales, sumándose a las que ya son comunes en todas las empresas. Estas obligaciones legales garantizan la igualdad de oportunidades, la prevención de riesgos, la transparencia y la participación de los trabajadores como las más destacables.
A continuación os queremos detallar las principales obligaciones legales para las empresas con 50 o más trabajadores, incluyendo algunas novedades relevantes de este último año.
Obligaciones para empresas de 50 o más trabajadores
Las empresas en España tienen una serie de obligaciones legales que deben cumplir. Y en el caso de las empresas con plantillas de 50 o más trabajadores, son las siguientes:
1. Plan de Igualdad
Es una de las obligaciones más importantes y de las primeras que se activan al alcanzar los 50 trabajadores. El objetivo del Plan de Igualdad es garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa.
2. Auditoría Retributiva
Las empresas con 50 o más empleados deben realizar una auditoría retributiva como parte de su Plan de Igualdad.
3. Plan de Igualdad LGTBI
Desde el 2 de marzo de 2024, las empresas con más de 50 personas en plantilla están obligadas a contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para lograr la igualdad real y efectiva para las personas LGBTIQ.
4. Canal de Denuncias
Desde 2023, tras la entrada en vigor de la Ley de Protección del Informante, las empresas con 50 o más empleados deben disponer de un canal interno de información que garantice la seguridad, el anonimato y la confidencialidad para que los empleados (y otras personas relacionadas) puedan notificar posibles infracciones o irregularidades.
5. Cuota de reserva del 2% de puestos de trabajo para personas con discapacidad
Las empresas con 50 o más trabajadores están obligadas a que al menos el 2% de su plantilla esté formada por personas con discapacidad. En caso de no poder cumplir con esta cuota, existen medidas alternativas temporales que se deberán autorizar, como la contratación de servicios o compra de productos a Centros Especiales de Empleo (CEE) o autónomos con discapacidad.
6. Comité de seguridad y salud
En empresas con centros de trabajo de 50 o más trabajadores, o en que la suma de todos los centros alcance los 50 trabajadores, donde los representantes de éstos hayan elegido delegados de prevención, la empresa quedará obligada a la creación de un Comité de Seguridad y Salud, como órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales.
7. Auditoría de cuentas
Las empresas con un promedio de 50 o más empleados durante dos años seguidos están obligadas a auditar sus cuentas anuales, siempre que cumplan al menos dos de los tres requisitos siguientes:
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- Que el total de las partidas del activo supere los 2.850.000 euros.
- Que el importe neto de la cifra de negocios supere los 5.700.000 euros.
- Que el nombre medio de trabajadores empleados durante el ejercicio supere los 50.

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