Notificaciones electrónicas en verano
Los meses de verano son intensos de trabajo sobre todo en la presentación de impuestos. Tras estas gestiones, hay que tener en cuenta que Hacienda no descansa en verano y, es probable que lleguen notificaciones por parte de las Administración.
Las notificaciones electrónicas se entienden como realizadas tras 10 días naturales desde la fecha en que llega la notificación al buzón. Por ello, es recomendable acceder al menos cada 10 días al buzón de notificaciones. La no visualización de la notificación, no te exime de las consecuencias que pudieran derivarse tras la notificación.
¿Qué son los días de cortesía en las Notificaciones electrónicas?
Es imprescindible activar los días de cortesía para las notificaciones electrónicas para evitar disgustos durante las vacaciones.
Notificaciones electrónicas para sociedades, personas jurídicas y entidades
Si las notificaciones son electrónicas, las sociedades y el resto de personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (Comunidad de bienes, herencias yacentes, etc.) y también ciertos profesionales, reciben notificaciones de Hacienda por vía electrónica y pueden seleccionar hasta 30 días naturales al año, durante los cuales Hacienda no puede efectuarles ninguna notificación. De esta forma, no tendrá sorpresas desagradables y las vacaciones tranquilas.
Así es como denomina la Agencia Tributaria (días de cortesía), al periodo de 30 días naturales que ofrece a los usuarios, durante el cual no podrá recibir notificaciones en la dirección electrónica, derecho recogido en la Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre.
Para poder disfrutar de estos días de cortesía sin notificaciones, es necesario realizar previamente:
- Configuración de tu buzón electrónico o Dirección Electrónica Habilitada (DEH).
- Suscripción a los procedimientos de AEAT para recibir notificaciones.
Para el uso de estos servicios es imprescindible disponer de un DNI o Certificado Electrónico. En el caso de que la notificación sea obligatoria, Hacienda podrá asignar de oficio una dirección electrónica habilitada para cumplir con esta obligación.
Si estás suscrito de forma voluntaria para la recepción de notificaciones electrónicas, los días de cortesía sólo se aplicarán en los procedimientos a los que te hayas suscrito.
Notificaciones electrónicas para personas físicas
Pero las personas físicas particulares pueden recibir notificaciones de Hacienda en papel y en este caso no es posible solicitar días de cortesía, pero si pueden optar expresamente solicitando el sistema de notificación electrónica y así tendría derecho a los días de cortesía.
¿Qué hacer con las notificaciones en papel en verano?
Si le notifican en papel, verifique las notificaciones
- Si estando de vacaciones recibe alguna notificación o intento de notificación de Hacienda, verifique si las notificaciones cumplen los requisitos legales vigentes, para poder recurrirlas.
- Si no le localizan en el domicilio cuando le intentan notificar, Hacienda ha de realizar un segundo intento en los tres días siguientes, en otro horario dejando transcurrir al menos tres horas entre cada intento. Si en el segundo intento Hacienda no tiene éxito, ya puede publicar la notificación en el BOE, dando al interesado 15 días para comparecer y pasado dicho plazo, la notificación se entiende realizada. Difícilmente nos enteramos de la publicidad en el BOE.
- Si usted puede demostrar que estaba de viaje con los billetes de avión, puede demostrar de no estar en su domicilio y puede recurrirla.
- Si usted rehúsa la notificación, se entiende notificado, pero si es otra persona, como el portero, o su vecino, Hacienda tiene que realizar un segundo intento para que sea válida.
El equipo de asesores fiscales de Lladó Grup Consultor se encargarán de resolver cualquier duda sobre las notificaciones recibidas.
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