Una herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona que son transmisibles a sus herederos o legatarios, según consta en el Código civil. Los herederos pueden aceptar o rechazar una herencia, pero se tiene que conocer los derechos y obligaciones de la herencia.
Normalmente los herederos cuando reciben una herencia se plantean dudas que mayoritariamente son comunes, para poder decidir cuál es la mejor opción para ellos. A continuación os hacemos un resumen de las dudas más comunes sobre la herencia.
¿Qué incluye una herencia?
Las herencias pueden incluir bienes y/o deudas, del difunto. Esto como, posteriormente implica el pago de impuestos asociados a la herencia como pueden ser; Impuesto sobre Sucesiones, Impuesto de la Plusvalía Municipal o el Impuesto sobre la Renta.
¿Qué pasa cuando no hay testamento?
En estos casos se abre la llamada sucesión “ab intestato”, y es la ley del Código Civil aplicable en cada territorio (hay régimen especial y diferenciado en Cataluña respecto al resto de España o Comunidades Autónomas) la que establece la orden de la sucesión. En Cataluña según el Libro IV del Código Civil Catalán.
- En primer lugar los descendientes, hijos tanto biológicos como adoptados, tenidos dentro del matrimonio como fuera de esta, nietos y bisnietos.
- En segundo lugar los ascendientes, es decir los padres.
- Después le toca el turno al cónyuge o pareja de hecho estable, sin testamento solo hereda en ausencia de los dos anteriores, aquí reside parte de la vital importancia de hacer testamento.
- Siguen los parientes colaterales hasta cuarto grado (hermanos, primos) y en ausencia de todos la Generalitat de Cataluña.
¿Qué opciones tiene el heredero?
El heredero ante una herencia tiene dos primeras opciones, aceptar la herencia o renunciar a la herencia.
En la aceptación de la herencia, existen dos formas de aceptación:
- Aceptación pura y simple.
El heredero recibe la herencia de bienes, derechos, deudas y obligaciones. Esta aceptación implica que la responsabilidad de las deudas y de las obligaciones se extiende al patrimonio como heredero, cosa que significa que se puede responder con los bienes.
- Aceptación en beneficio de inventario.
El heredero acepta la herencia con la condición que los bienes y los derechos sean de un importe superior a las deudas y a las obligaciones, de forma que el patrimonio personal no se vea afectado.

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¿Puedo renunciar a una herencia?
Si, se puede renunciar a una herencia, en la mayoría de casos porque el muerto ha dejado deudas, por lo cual no compensa heredar.
¿Quién tiene derecho a la legítima?
Son legítimos todos los hijos del muerto por partes iguales. Si alguno de ellos muere antes de que el testador, es desheredado, declarado indigno o ausente la parte de los cuales corresponde a sus descendientes.
Si el causante no tiene descendientes que lo hayan sobrevivido, son legitimarios los progenitores por mitad.
¿Tienes dudas sobre una Herencia?
¿Cuándo y Cómo se tiene que pagar el Impuesto de Sucesión?
El Impuesto de Sucesiones tiene que ser abonado durante los 6 meses a partir de la defunción del causante, pueden solicitar una prórroga durante los 5 primeros meses que nos permitiría pagarlo en los siguientes 6 meses.
Cómo puede ayudarte el equipo de Lladó Grup Consultor
En Lladó Grup Consultor un equipo especialista que te asesora para representar tus intereses, estudiando tu caso y cuidando y respetando tus decisiones y acompañándote en el ámbito legal y fiscal ante una herencia.






