Desde el pasado mes de marzo, las empresas y organizaciones están obligadas a disponer de un canal de denuncias y crear una figura de la Autoridad Independiente de Protección del Informante.
La nueva ley del canal de denuncias persigue el garantizar la adecuada protección de aquellas personas que deciden dar el paso y denunciar acciones ilícitas o infractoras dentro de las organizaciones, sean estas empresas privadas u organismos públicos, y asegurar que no recibirán ningún tipo de represalia, como, por ejemplo, ser despedidas, no recibir ascensos o ser degradadas, entre otras represalias que contempla el artículo 36 de la Ley.
¿Qué sanciones se pueden aplicar por no tener un canal de denuncias?
Las empresas u organizaciones obligadas a tener un canal de denuncias que no lo tengan implementado pueden ser sancionadas. Así mismo, también es motivo de sanción cualquier conducta o acción que imposibilite el funcionamiento adecuado del canal de denuncias o impida a empleados y otras personas poder usarlo, se les coaccione o presione para no usarlo o se tomen represalias contra los denunciantes.
El régimen sancionador está regulado por la Ley de protección del denunciante de corrupción, también llamada ley del canal de denuncias, que transpone la Directiva Whistleblowing (Directiva UE 2019/1937) al ordenamiento jurídico español, y establece una serie de tipos de infracciones por incumplimiento de no disponer de un canal de denuncias.
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Tipos de infracciones por no disponer de un canal de denuncias
Infracciones leves
- Remisión de información de forma incompleta, de manera deliberada por parte del Responsable del Sistema a la Autoridad competente, o fuera de plazo para ello.
- Incumplir con la obligación de colaboración con la investigación de denuncias.
- Y cualquier incumplimiento de las obligaciones previstas en la ley que no esté tipificado como infracción muy grave o grave.
Las infracciones leves se castigan con sanciones de hasta 100.000 euros para las personas jurídicas.
Infracciones graves
- Acción que limite los derechos y garantías previstos en la ley, así como cualquier intento o acción que obstaculicen o traten de obstaculizar las denuncias y su seguimiento, que no tenga consideración de muy graves.
- Vulnerar las garantías de confidencialidad y anonimato previstas en la ley, cuando no tenga consideración de muy grave.
- Vulnerar el deber de mantener secreto cuando no tenga la consideración de muy grave.
- No cumplir con la obligación de adoptar las medidas para garantizar la confidencialidad y secreto de las denuncias.
- La comisión de una infracción leve, cuando el autor hubiera sido sancionado por dos infracciones leves en los dos años anteriores.
Las infracciones graves están castigadas con sanciones de 100.001 a 600.000 euros para personas jurídicas.
Infracciones muy graves
- Cualquier acción que limite los derechos y garantías previstos en la ley, así como cualquier intento o acción que obstaculicen o traten de obstaculizar las denuncias y su seguimiento. También las denuncias basadas en información falta a sabiendas de ello.
- Adoptar cualquier tipo de represalia contra los denunciantes.
- Vulnerar las garantías de confidencialidad y anonimato previstas en la ley. Así como cualquier intento de revelar la identidad del denunciante anónimo.
- Vulnerar el deber de mantener secreto sobre cualquier aspecto relacionado con la denuncia.
- Cometer otra infracción grave, cuando el infractor ya hubiera sido sancionado mediante resolución firme por dos infracciones graves en los dos años anteriores.
- Comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad, en las denuncias en las que se identifique el denunciante.
Las infracciones muy graves están castigadas con sanciones de 600.001 a 1 millón de euros para las personas jurídicas.
En los casos de sanciones muy graves, la Autoridad Independiente de Protección del Denunciante también podría acordar tomar las siguientes medidas sancionadoras:
- Amonestación pública.
- Prohibición de obtener subvenciones y otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de 4 años.
- Prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de 2 años.
Sujeto | Sanciones para
infracciones leves |
Sanciones para
infracciones graves |
Sanciones para
infracciones muy graves |
Personas jurídicas |
Hasta 100.000 €
|
De 100.001 a 600.000 € | De 600.001 a 1 millón de € |
Personas
físicas |
De 1.001 a 10.000 € | De 10.001 a 30.000 € | De 30.001 a 300.000 € |
¿Tienes alguna duda?
Somos un equipo de profesionales con experiencia en la gestión del Canal de denuncias en empresas, infórmate sin compromiso.
Nos puedes contactar vía WhatsApp aquí o facilitarnos tus datos y contactaremos contigo.
Consecuencias legales y sociales por no disponer de un canal de denuncias
Las empresas y organizaciones también pueden enfrentarse a otras consecuencias legales y sociales, si la infracción provoca la fuga o exposición de datos personales, se aplicarán también las sanciones previstas en el RGPD y la LOPDGDD.
- Sanción de hasta 60.000 € por infracción leve de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales.
- Sanciones que pueden alcanzar los 225.018 € por infracciones (según su gravedad) de la normativa de Igualdad (recordemos que contar con un protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo es una obligación contemplada para todo tipo de organizaciones y ese protocolo debe contar con un canal de denuncias).
Para evitar sanciones y otros costes, el implementar el canal de denuncias en la empresa le ahorrará los costes de posibles sanciones , ya que hemos visto que en ocasiones pueden ser sanciones elevadas. Y si la empresa no está obligada a tener un canal de denuncias (tu empresa tiene menos de 50 trabajadores), es recomendable disponer de esta herramienta especialmente si quiere atenuar o eximir su responsabilidad penal en la comisión de delitos por parte de sus miembros, ya que el canal de denuncias es uno de los requisitos del plan de prevención de la comisión de delitos penales que contempla el Código Penal.
Si tu empresa carece de los medios y recursos necesarios para implementar el canal de denuncias, puedes contactar con nuestro equipo de Lladó Grup Consultor para implementar un canal de denuncias en tu empresa.