Deducciones en Cataluña para la Renta 2020
Con independencia de las deducciones que puedan aplicarse los contribuyentes en base a la normativa estatal, cada Comunidad Autónoma puede regular sus propias deducciones.
En el caso de Cataluña, y de forma resumida serían las siguientes:
- Por nacimiento o adopción de hijos: 150€ para cada uno de los progenitores y en el caso de declaración conjunta, 300€.
- Por contribuyentes que queden viudos: 150 euros o bien 300€ si el contribuyente que queda viudo tiene a su cargo uno o más descendientes con derecho al mínimo por descendientes.
- Por alquiler de vivienda habitual: 10% del alquiler hasta un máximo de 300€ condicionado a alguna de las siguientes situaciones:
- Tener 32 años o menos en la fecha del devengo.
- Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Ser viudo o viuda y tener más de sesenta y cinco años.
En relación a esta deducción, solo es aplicable si la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no supera los 20.000€ en tributación individual y 30.000€ en tributación conjunta
- Por donativos que fomenten la investigación científica y el desarrollo e innovación tecnológica: 25% de las partes donadas con límite del 10% de la cuota íntegra autonómica.
- Por el pago de intereses de préstamos para estudios de master y doctorados: deducción del importe de los intereses pagados.
- Por donaciones a entidades que fomente el uso de la lengua catalana: deducción del 15% con el límite del 10% de la cuota íntegra autonómica.
- Por adquisición de acciones y participaciones sociales de entidades de nueva creación: el 30% de las cantidades invertidas siendo el máximo de 6.000€. Esta deducción está condicionada a una serie de requisitos.
- Por último, se ha credo una nueva deducción para aquellos contribuyentes que percibieron como máximo 22.000€ y que tuvieron más de un pagador por la circunstancia de haber estado en ERTE, y es equivalente a la diferencia entre la cuota íntegra catalana y la cuota íntegra estatal, siempre que esta diferencia sea positiva.
Desde Lladó Grupo Consultor le ofrecemos un equipo de profesionales especializados para asesorarlo en sus dudas sobre las deducciones en Cataluña aplicables en la Renta 2020.