El pasado 20 de octubre se aprobó el Real Decreto-ley 31/2026, una norma orientada a mejorar la acción protectora de la Seguridad Social y reforzar la cobertura de determinados colectivos en situaciones de especial vulnerabilidad.
Esta reforma introduce cambios de gran relevancia tanto en la gestión de la Incapacidad Temporal (IT) como en las prestaciones por viudedad, orfandad y protección familiar. A continuación, analizamos las principales novedades y su impacto práctico para empresas y personas trabajadoras.
Nuevas situaciones especiales de Incapacidad Temporal (IT)
La norma amplía el abanico de bajas médicas protegidas incorporando dos nuevos supuestos específicos:
- Patologías asociadas a la menopausia: Procesos derivados de patologías incapacitantes vinculadas a esta etapa.
- Violencia de género: Lesiones o situaciones que impidan trabajar a consecuencia de violencia machista.
Ventajas y mejoras económicas de la prestación
- Sin período mínimo de cotización: Se puede acceder a la prestación sin necesidad de acreditar carencia previa.
- Cobro desde el primer día: Se percibe la prestación desde el día siguiente a la expedición de la baja médica.
- Incremento de la base reguladora: Se cobrará el 60% de la base reguladora desde el inicio de la baja y el 75% a partir del día 20 del proceso.
Cobertura reforzada ante catástrofes y emergencias
El Real Decreto-ley incorpora mecanismos de cobertura más ágiles para las personas trabajadoras afectadas por catástrofes o situaciones de emergencia extraordinaria. La protección en estos supuestos se equipara a la prevista para los accidentes de trabajo.

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Refuerzo de las prestaciones de viudedad, orfandad y familia
Además de las novedades en materia de bajas laborales, la reforma flexibiliza y mejora las prestaciones del sistema:
- Pensión de viudedad en parejas de hecho: Se flexibilizan los requisitos de acceso para parejas de hecho (especialmente con hijos en común), evitando la desprotección por trabas formales.
- Protección a huérfanos de violencia de género: Se eleva sustancialmente la cuantía de estas ayudas, pudiendo superar la prestación anual los 34.000 euros.
- Prestaciones a favor de familiares: Se refuerza la cobertura económica para personas dependientes del fallecido en unidades familiares vulnerables.
- Cuidado de familiares con enfermedades graves: Se mejoran los derechos y medidas de conciliación vinculados a la dependencia familiar.
Calendario de entrada en vigor y fechas de efectos
Aunque el Real Decreto-ley entró en vigor con carácter general el 21 de octubre de 2026, la aplicación de sus medidas se estructura en dos fases:
|
Medida / Cobertura |
Fecha de efectos |
| Viudedad en parejas de hecho (con hijos comunes) | 21 de octubre de 2026 |
| Prestaciones de orfandad, Fondo de Garantía de Alimentos y emergencias/catástrofes | 21 de octubre de 2026 |
| Nuevas bajas por menopausia y violencia de género | 1 de diciembre de 2026 |
| Nueva regulación de la base reguladora en IT | 1 de diciembre de 2026 |
¿Tienes dudas sobre la gestión de la Incapacidad Temporal?
¿Qué impacto tiene para los departamentos de RRHH y la empresa?
Las organizaciones deben adaptar de inmediato sus protocolos internos:
- Revisión de procedimientos de nómina: Ajustar los cálculos de las bases reguladoras de IT según el nuevo calendario.
- Gestión de ausencias e incapacidades: Adecuar las herramientas internas para dar cabida a los nuevos motivos de baja.
- Privacidad y confidencialidad: Reforzar la máxima protección de datos sensibles al tratar bajas vinculadas a violencia de género o salud de la mujer.
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