Si Hacienda, otra Administración Pública o un juzgado le comunica que embargue el salario de algún trabajador, tenga en cuenta que el salario embargable en 2022 ha aumentado a 1.000 euros mensuales, que es el nuevo salario mínimo interprofesional (SMI).
¿Qué parte del salario es embargable?
Por lo tanto, si su empresa recibe una diligencia de embargo de las retribuciones de algún empleado suyo, no tiene que retener sobre todo el salario, ya que una parte es inembargable. Esta parte se calcula según la proporción entre el salario mínimo interprofesional (SMI) y el sueldo neto (una vez deducida la retención del IRPF y la cuota de seguridad social).
Vea los porcentajes de la retribución neta que son embargables:
Retribución neta |
Porcentaje embargable (2) |
Tram 1: hasta SMI (1) |
0 |
Tramo 2: entre 1 y 2 veces SMI |
30% |
Tramo 3: entre 2 y 3 veces SMI |
50% |
Tramo 4: entre 3 y 4 veces SMI |
60% |
Tramo 5: entre 4 y 5 veces SMI |
75% |
Exceso |
90% |
(1) SMI: salario mínimo interprofesional.
(2) Si el trabajador tiene cargas familiares, en ciertos casos, puede solicitarse una rebaja de la cantidad embargable de entre un 10% y un 15%.
¿Qué pasa cuando tiene cargas familiares?
- Si la deuda que provoca el embargo procede de una hipoteca sobre la vivienda habitual del empleado, el embargo se reduce.
- Si el embargo procede de una sentencia que condena al pago de una pensión de alimentos (por ejemplo, al ex cónyuge o a un hijo), la empresa debe embargar todo el importe mensual que venga establecido en la sentencia.
Tenga en cuenta esta nueva cuantía respecto a las nuevas diligencias de embargo que reciba.