Se admite la deducción de un gasto de un ejercicio prescrito
El Tribunal Supremo avala que la prescripción no impide la deducibilidad en el Impuesto de Sociedades de un gasto de un ejercicio prescrito. Un gasto contabilizado en un ejercicio posterior al de su devengo no deja de ser deducible por el solo hecho de proceder de un ejercicio prescrito. Asesoramiento para la Declaración de la…