En España las sucesiones y donaciones son competencias de las Comunidades Autónomas. Por lo que se debe realizar la herencia donde residiera de manera habitual el difunto conforme a la normativa estatal y europea.
Además, si el fallecido tenía vecindad civil catalana, aunque el heredero viva en otra Comunidad Autónoma, este heredará según lo dispuesto en el Código Civil Catalán. Y en el caso de los ciudadanos que no son nacionales españoles ni de otro país miembro de la unión, deberá estudiarse en cada caso cual es la legislación de aplicación.
Es por ello, que desde Lladó Grup Consultor recomendamos asesorarse por un abogado especialista en herencias, porque nos podemos encontrar en casos en que se aplicaba otra ley distinta a la que los herederos creían.
¿Qué es una Herencia?
La Herencia se compone por todos sus bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte del causante. Los cuales deberán ser repartidos conforme a lo establecido en el testamento, o en caso de falta de este, según lo establecido en la ley para sus herederos.
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Formas de heredar en Cataluña
En Cataluña existen tres formas diferentes de heredar, como son:
- Por Testamento: El fallecido dejó por escrito el reparto de sus bienes, derechos y obligaciones, siempre que el testamento cumpla con las condiciones legales de validez.
- Mediante un pacto sucesorio: este pacto contractual se lleva a cabo en vida entre herederos y el causante. Gracias a este contrato se establece el reparto de la herencia. Si hay necesidad de modificar el contrato, todas las partes deben estar de acuerdo y firmar un nuevo pacto.
- Por sucesión legal: El fallecido no otorgó testamento. Por tanto será a través del Código Civil de Cataluña la Ley como se designará el orden de suceder.
Diferencias entre un pacto sucesorio y un testamento
Un pacto sucesorio, es un contrato entre dos o más partes. Y en cambio el testamento, es un documento donde una persona deja por escrito el reparto sus bienes presentes y futuros para cuando muera.
La principal diferencia es que el pacto sucesorio es irrevocable, salvo pacto en contrario. Como ya hemos visto si se quiere firmar uno nuevo que invalide el anterior todas las partes deberán ponerse de acuerdo.
Y el testamento se puede revocar. Además si el testador otorgó más de un testamento el último que realizó será el válido.
Por lo que el pacto sucesorio deberá reservarse para casos concretos, debido a dicho carácter vinculante se recomienda siempre, en todos los casos asesorarse por un abogado especialista en herencias, sobre la validez y la conveniencia de realizar un pacto sucesorio.
Tipos de herederos
En el derecho catalán como al igual que en el derecho español, existen dos tipos de herederos:
- Legitimario: La legítima es la parte que corresponde por Ley a determinadas personas, siendo estos legitimarios. La parte de la herencia que corresponde a la Legítima en Cataluña es el 25 % de la masa activa hereditaria. Esta parte de la legítima que la ley reserva a determinados familiares, debe respetarse y es un derecho de crédito que los mismos ostentan contra el heredero. La Legítima debe repartirse entre todos los Legitimarios.
- Voluntario: Son los herederos a los que el fallecido ha dejado una parte de los bienes de manera individual y que no son los legitimarios.
¿Tienes alguna duda sobre la Herencia?
Como afecta la donación en vida en una herencia
Las donaciones en vida efectuadas por el causante en los últimos 10 años son imputadas a efectos del cálculo de la legítima. A su vez pueden llegar a computar, aunque haga más de diez años, si estas se han hecho a descendientes y cumpliendo determinados requisitos legales.
Por ello, si tiene que recibir una herencia y debe pagar o recibir una legítima, le recomendamos que se asesore para realizar el cómputo correcto.
En Lladó Grup Consultor te aconsejamos que, si tanto has de recibir una herencia, o si ya has recibido una herencia y debes pagar o recibir una legítima, siempre es recomendable estar asesorado por un equipo especializado y con experiencia en herencias para afrontar todas las posibles variantes que pueden surgir y estar acompañado en todo el proceso.