Notificaciones Electrónicas
Desde el 2 de octubre de 2016, personas y entidades están obligados a relacionarse de forma exclusiva electrónicamente con todas las administraciones públicas.
Este tipo de relación se recoge en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas e implica a las siguientes personas jurídicas y entidades:
- Todas las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica (herencias yacentes, comunidades de bienes, de propietarios, etc.), y las Sociedades Anónimas y Sociedades Limitadas.
- Las personas físicas que ejerzan una actividad profesional para las que se requiera colegiación obligatoria.
- Las personas físicas no obligadas que lo soliciten expresamente.
¿Qué cambios habrá sobre las notificaciones electrónicas a partir del 2022?
Las notificaciones electrónicas que se depositaban en la plataforma DEH (Dirección Electrónica Habilitada), a finales del año 2021 dejará de funcionar, pasando a sustituirla por el portal DEHú (Dirección Electrónica Habilitada única).
¿Qué es el portal DEHú?
La DEHú “Dirección Electrónica Habilitada única” será el portal único para notificaciones en que las Administraciones Públicas depositan todas sus notificaciones y comunicaciones electrónicas, pasando a quedar en desuso la DEH (Dirección Electrónica Habilitada).
El servicio de notificaciones electrónicas de la Dirección Electrónica única (DEHú) facilita el acceso y comparecencia a las notificaciones y/o comunicaciones en que figuran como titular o destinatario, emitidas por las diferentes Administraciones Públicas organismos públicos o Entidad de derecho público vinculado o dependiente, o sea, toda la Administración u organismo público.
¿Qué notificaciones y comunicaciones encontramos en la DEHú?
Notificaciones pendientes: notificaciones electrónicas que se encuentran pendientes de abrirlas.
¿Cómo afecta el cambio del sistema de notificaciones electrónicas?
Desde el Ministerio están siendo bastante serios respecto al tema de las notificaciones y comunicaciones y descuidar las suyas le puede salir muy caro, ya que se está sancionando con multas muy significativas.
¿Cómo evitar sanciones por no leer las notificaciones electrónicas?
El organismo público está siendo poco flexible respecto al incumplimiento de las notificaciones electrónicas, por las que las sanciones pueden a llegar a ser cantidades más que elevadas.
Pero podemos evitar las sanciones, apoderando a nuestro asesor para que vaya recibiendo todas las notificaciones y comunicaciones electrónicas y vaya comprobando e informándole puntualmente.
¿Qué pasos debemos hacer para adaptarnos a la DEHú?
Para las personas y entidades que ya han apoderado a sus asesores para la Hacienda Pública y la Diputación de Barcelona, etc., deberán comunicarse con sus asesores para hacer los cambios y adaptar los permisos para seguir recibiendo todas sus notificaciones electrónicas.
Firmas electrónicas o Certificaciones digitales
¿Para qué sirven las firmas electrónicas o certificados digitales?
Como ya conocen, el mundo avanza imparablemente hacia la digitalización de las empresas y quien no lo haga, su evolución se verá mermada.
También es obligatorio para las entidades jurídicas y otras sin personalidad jurídica, relacionarse con las Administraciones públicas, organismos públicos o entidad de derecho público vinculado o dependiente, de forma electrónica exclusivamente, no pudiendo hacerlo en papel, por lo que es muy importante que disponga de una firma electrónica o certificado digital actual y no caducada (caducan cada dos años), para tener relación con estas Administraciones y Organismos Públicos.
¿Por qué es importante un certificado digital para tu empresa?
En el caso de Lladó Grup Consultor, los asesores realizamos a los clientes declaraciones, comunicaciones y escritos con las Administraciones Tributarias, pero como cambió la normativa sobre notificaciones electrónicas, ahora se hace indispensable obtener un certificado digital de la empresa, para que sean posibles cuestiones como las siguientes:
- Recibir notificaciones electrónicas de toda la Administración pública, tanto de la tributaria como de cualquier otra.
- Solicitar subvenciones de los fondos europeos.
- Hacer escritos a las Administraciones Públicas.
- Ver toda la información que existe en Hacienda en la sede electrónica y otras administraciones tributarias.
- Firmar cualquier documento.
Nuestro despacho está en condiciones de tramitar a los clientes estos certificados digitales simplemente con su firma presencial y sin tener que presentarse en ningún organismo público, (o bien a cualquier empresa interesada) y nuestros equipos de profesionales contactarán con ustedes.
Es muy importante hacer un seguimiento puntual y profesional de las notificaciones y comunicaciones electrónicas, para evitar consecuencias muy negativas de no atender cualquier acto administrativo dirigido a su entidad.