La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal para empresarios individuales con soluciones legales ante un proyecto empresarial difícil y con deudas, con la posibilidad de iniciar un proceso jurídico para restablecer su economía.
El objetivo principal de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es facilitar una salida viable a través de un plan de pagos adaptado a la situación de la empresa y un plan de viabilidad para que ésta siga funcionando, ganando tiempo y negociando condiciones con acreedores y tomar decisiones correctas para el futuro de la empresa.
¿Quién se puede acoger a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un recurso legal al cual pueden acogerse las personas físicas, tanto particulares como autónomos y empresarios, que no puedan pagar las deudas contraídas para ser insolventes.
La segunda oportunidad aplica para las personas físicas residentes en España y también para los deudores extranjeros (particulares o autónomos) si tienen su residencia legalizada en España y toda su documentación en regla. También si al menos tienen en España el centro de sus intereses principales (patrimonio, bienes, negocios, administración, financiación y deuda…).
¿Cómo puede cancelar el empresario sus deudas?
- Plan de Pagos sin liquidación: Si quieres conservar tu vivienda habitual o los activos necesarios para continuar con tu actividad empresarial (maquinaria, local, etc.), puedes optar por un plan de pagos de 3 a 5 años.
- Liquidación total: Si prefieres limpiar las deudas de inmediato y no te importa liquidar tus bienes (o si no tienes ninguno), puedes ir directamente a la exoneración total, previa venta, según el proceso legal establecido, de los activos de la persona física.

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Requisitos para acogerse el empresario a la ley de Segunda Oportunidad
El empresario debe cumplir los siguientes requisitos:
- Insolvencia: No poder cumplir regularmente con tus obligaciones exigibles.
- Buena fe: No haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años.
- Deuda máxima: El límite total de deuda no puede superar los 5 millones de euros.
¿Qué pasa con las deudas de Hacienda y la Seguridad Social?
Aunque la ley busca la exoneración total, las deudas públicas tienen un trato especial, como son:
- Se pueden exonerar hasta 10.000 € de deuda con la AEAT.
- Se pueden exonerar hasta 10.000 € de deuda con la Seguridad Social.
- El resto debe incluirse en un plan de pagos.
¿Tienes dudas sobre acogerte a la Segunda Oportunidad?
Ventajas para el empresario al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
- Paralización de embargos
En cuanto se inicia el proceso, los acreedores ya no pueden seguir ejecutando embargos sobre tus cuentas o bienes.
- Salida de los ficheros de morosos.
Una vez obtenida la sentencia, sales de listas como ASNEF o RAI, recuperando tu capacidad de pedir crédito.
- Segunda vida profesional.
Te permite volver a emprender o trabajar por cuenta ajena sin el miedo de no poder disponer del sueldo nada más recibirlo.
Cómo puede ayudarte el equipo legal de Lladó Grup Consultor
Si eres empresario y tienes deudas a las cuales no puedes hacer frente y quieres cancelar total o parcialmente tus deudas, en Lladó Grup Consultor podemos ayudarte. Somos abogados especialistas en cancelación de deudas y derecho concursal para asesorarte y acompañarte en el proceso. Contacta con nosotros y te informamos.






