La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento legal que permite cancelar deudas a personas físicas en situación de insolvencia. Esta ley está pensada porque particulares y autónomos que no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago eliminen total o parcialmente sus deudas y tengan la oportunidad de empezar de cero..
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo creado para superar una situación de imposibilidad de hacer frente a unas deudas contraídas por una persona física y que ésta pueda salir a flote, y al mismo tiempo protege los derechos de cobro de los acreedores.
¿Quién se puede acoger a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un recurso legal al cual pueden acogerse las personas físicas, tanto particulares como autónomos y empresarios, que no puedan pagar las deudas contraídas para ser insolventes.
La segunda oportunidad aplica para las personas físicas residentes en España y también para los deudores extranjeros (particulares o autónomos) si tienen su residencia legalizada en España y toda su documentación en regla. También si al menos tienen en España el centro de sus intereses principales (patrimonio, bienes, negocios, administración, financiación y deuda…). Tiene que tenerse en cuenta que el procedimiento se tramitará en el Juzgado que pertenezca por el domicilio de empadronamiento del deudor.
¿Cuándo se considera que una persona está en situación de insolvencia?
La insolvencia es la incapacidad que tiene una persona o empresa para pagar a tiempo sus obligaciones económicas o deudas. Aunque los motivos para llegar a esta situación pueden ser muy variados, generalmente ocurre por una gestión financiera incorrecta. Pero no todas las situaciones de insolvencia son iguales, de hecho, existen tres tipos diferentes:
- Insolvencia actual, si ya se está en la situación de no poder pagar.
- Insolvencia inminente, si se prevé que no se podrá hacer frente a los pagos.
- Insolvencia probable, si es objetivamente previsible que si no se interviene con un plan de reestructuración, se llegará a la insolvencia.
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Requisitos para acogerse a la Segunda Oportunidad
Aunque está pensada para particulares y autónomos, no siempre es posible acogerse a sus beneficios. Existen unos requisitos para acogerse en la Ley de Segunda Oportunidad, que resumimos a continuación:
- Tener deudas (aunque estén al corriente de pago) con al menos dos acreedores diferentes. Incluido tanto entidades financieras, como administraciones públicas (Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos, etc.), proveedores, etc.
- Justificar que no se cuenta con patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas contraídas.
- Deudas que no superen los cinco millones de euros.
- Acreditar que las deudas se han contraído actuando de buena fe.
- Tienen que haber pasado mínimo cinco años, si anteriormente se ha acogido a la Ley de Segunda Oportunidad.
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