La parada total del servicio de Cercanías ha llevado a la Generalitat a «recomendar» a las empresas que faciliten el teletrabajo a las personas que puedan tener dificultades para llegar al trabajo, a la espera que los trenes vuelvan al funcionamiento habitual.
Una de las preguntas que surgen respecto de los trabajadores que no pueden llegar al lugar de trabajo es: «Se tendrán que recuperar las horas o no?».
¿Qué pasa si una persona trabajadora no puede llegar a su puesto de trabajo?
Si una persona no puede llegar al trabajo a causa de la interrupción del servicio de Cercanías, cuando este es el medio de transporte que tenía que utilizar, hay que analizar en cada momento el caso concreto.
¿Qué dice la Ley?
La Ley incorporó un permiso retribuido de hasta cuatro días en caso “de imposibilidad para acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para llegar al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes. Así como derivadas por riesgo grave e inminente, catástrofe o fenómeno meteorológico”.
Por una parte hará falta que por parte de las autoridades competentes se establezca la recomendación, limitación o prohibición del desplazamiento. Y por otra parte habrá que analizar esta afectación en cada caso de forma que se produzca una imposibilidad real y objetiva para llegar al centro de trabajo.

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¿Es necesario presentar por parte del trabajador a la empresa un justificante?
El justificante sirve para acreditar que la ausencia laboral está relacionada con la incidencia del transporte y, por lo tanto, evitar que se considere una falta injustificada.
Aun así, se entiende que, dada la situación de caos vivida en muchas estaciones, puede no haber estado posible obtener este justificante. En estos casos, la empresa tiene que valorar la situación con criterios de razonabilidad.
¿Puede la empresa sancionar a una persona por no haber ido a trabajar en situación excepcional?
No. En esta situación excepcional, no puede haber represalias disciplinarias si la persona no ha podido llegar al trabajo por causas relacionadas con la interrupción del servicio de transporte, y así lo acredite con criterios de razonabilidad.
¿Tienes dudas sobre si un trabajador no puede llegar al trabajo por causa excepcional?
¿Cuál es el criterio general que tienen que seguir las empresas?
Nos encontramos ante una situación excepcional. El criterio recomendado es:
- Flexibilidad y diálogo con los trabajadores,
- Facilitar el teletrabajo cuando sea posible,
- Analizar siempre cada caso para determinar si se está ante el permiso retribuido establecido a la Ley, o bien se puede exigir la recuperación del tiempo no trabajado, o finalmente si se está ante un incumplimiento sancionable.
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