¿Sabes cómo crear en tu empresa el canal de denuncias que regula la ley de protección del informante? Tenerlo es obligatorio para ciertas empresas. Es importante recordar que para implantar un canal de denuncias interno en la empresa existen una serie de requisitos.
Requisitos para implantar un canal de denuncias en mi empresa
La Directiva Whistleblowing establece con carácter general los siguientes requisitos que debe cumplir el canal de denuncias interno:
- Contar con los medios necesarios para asegurar la autenticidad, identidad y confidencialidad del denunciante, del denunciado y los testigos. Para ello se implementarán las medidas de seguridad adecuadas, similares a las medidas de seguridad que se deben adoptar en protección de datos.
- La información deberá poder almacenarse durante el tiempo que sea necesario para realizar nuevas investigaciones.
- Se podrán hacer denuncias por escrito y verbales.
- Se designará a un responsable autónomo e imparcial para realizar el seguimiento e investigación de las denuncias.
- Responsable del Sistema interno de información
- Se designará por el órgano de administración o gobierno de cada sociedad.
- Puede ser una única persona o un órgano colegiado, en tal caso deberá delegar en uno de sus miembros las facultades de gestión del Sistema y de tramitación de expedientes de investigación.
- En el sector privado, el responsable será un directivo de la entidad o puede delegarse en un compliance officer, en caso de existir la figura en la empresa.
- Se emitirá un acuse de recibo de la denuncia, en un plazo no superior a 7 días desde su recepción.
- Solo podrán acceder a las denuncias el personal autorizado.
- Contar con un procedimiento de gestión de las informaciones recibidas.
- Contar con una política o estrategia que enuncie los principios generales en materia de Sistemas interno de información y defensa del informante y que sea debidamente publicitada en el seno de la entidad u organismo.
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¿Puedo contratar un gestor externo para implementar el canal de denuncias interno en mi empresa?
La normativa contempla la posibilidad de contratar la implantación y gestión del canal de denuncias interno a un tercero externo, como puede ser un despacho de abogados o una consultoría.
Es decir, que las empresas pueden gestionar ellas mismas su canal de denuncias interno o pueden tener un gestor externo, siempre que este cumpla con las garantías de independencia, confidencialidad, protección de datos y secreto de las comunicaciones, y mantenga el contacto con el Responsable del Sistema, que será siempre de la empresa.
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Recuerda que siempre es recomendable confiar en un asesoramiento personalizado como te ofrecemos en Lladó Grup Consultor para implantar un canal de denuncias en tu empresa.