Obligaciones informativas por parte de las plataformas digitales
La venta a través de plataformas digitales es una operativa por la que el vendedor elabora un catálogo que sube a la página de la plataforma. Cuando se produce una venta, él mismo envía el pedido a destino. El intermediario lo cobra y le remite el dinero, menos la comisión.
La venta en plataformas digitales
Se trata de una venta al por menor y si la plataforma se ubica en la Unión Europea, el vendedor debe darse de alta como operador intracomunitario y presentar el modelo 349.
En ocasiones la propia plataforma digital puede adquirir directamente productos para después venderlos. En ese caso la relación se establece entre el proveedor y la plataforma.
Obligaciones de las plataformas digitales
La Unión Europea ha reforzado la cooperación entre los Estados miembros mediante la obligación impuesta a las plataformas digitales de informar sobre las rentas obtenidas por los vendedores de las mismas, y haciendo que los Estados miembros intercambien dicha información.
Debido a las dificultades que supone la determinación de los hechos imponibles que tienen lugar cuando se ejerce una actividad comercial a través de plataformas digitales, se ha hecho necesario imponer una obligación de comunicación de información a los operadores de dichas plataformas digitales, que recopilarán y verificarán la información necesaria sobre todos los vendedores que operan en ellas.
- Esto incluye a los operadores que llevan a cabo actividades comerciales en la Unión, aunque no sean residentes fiscales en la misma, no se hayan constituido ni estén administrados, ni tengan su establecimiento permanente en un Estado miembro.
- La comunicación de información sobre una actividad comercial incluirá el arrendamiento de bienes inmuebles, los servicios personales, la venta de bienes y el arrendamiento de cualquier medio de transporte.
- Los operadores de plataforma deberán comunicar las rentas obtenidas a través de plataformas digitalesen una fase inicial, antes de que las autoridades tributarias de los Estados miembros lleven a cabo sus liquidaciones de impuestos anuales. Para facilitar la labor de las autoridades tributarias de los Estados miembros, la información comunicada debe intercambiarse dentro del plazo de un mes después de que sea comunicada.
- El operador de la plataforma obligado a comunicar información transmitirá a la autoridad competente del Estado miembro, a más tardar el 31 de enero del año siguiente. Cuando haya más de un operador de plataforma obligado a comunicar información, cualquiera de ellos estará exento de comunicar la información si puede demostrar, de conformidad con la legislación nacional, que la misma información ha sido comunicada por otro operador de plataforma obligado a comunicar información.
El equipo de Lladó Grup Consultor queda a su disposición para resolver cualquier duda sobre las obligaciones informativas de las plataformas digitales.