La obligación del registro de jornada lleva ya distintas reformas y actualizaciones desde el año 2019, a las que se añaden el criterio técnico de la Inspección de Trabajo 101/2019, para quien la obligación de llevar un control de horario registrando las entradas, salidas y descansos de los trabajadores otorga una importancia capital. Las inspecciones han ido aumentadas para controlar dicha obligación.
Las inspecciones laborales sobre el control horario, pretenden aflorar enmascaramientos de horas extras, cotizaciones e incumplimientos sobre los límites de las jornadas.
¿Qué es el registro diario de la jornada laboral?
Se refiere a la obligación de las empresas de llevar a cabo un registro diario de la jornada laboral de todos sus trabajadores. Así lo recoge el Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Por eso, entre otras razones, es tan importante el control de las horas trabajadas.
A través de esta ley se busca garantizar que las empresas cumplan las normas laborales relacionadas con los horarios de trabajo y con el tiempo de descanso establecidos en la Ley y normas concordantes.
¿Es obligatorio dicho registro en las empresas?
Es obligatorio que todas las empresas sin excepción cuenten con un sistema de registro de jornada fiable y objetivo, que mida el tiempo real de la jornada de trabajo de cada trabajador/a y que estos fichen el inicio de su jornada laboral, los descansos y el fin de la jornada. Y el registro de horario debe incluir:
- Horario de entrada.
- Hora de salida, contabilizando horas extras.
- Duración de cada pausa y descanso.
Un control de jornada que debe ser registrada dia a dia, siendo tambíen obligatorio que los trabajadores, sus representantes y los inspectores encargados de la inspección de trabajo y seguridad social tengan acceso a él en cualquier momento. Este registro se deberá conservar por parte de la empresa durante cuatro años.
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Sanciones por incumplir el registro diario de la jornada
Debido a que las autoridades laborales pueden exigir a través de sus inspectores conocer el registro diario de la jornada de las empresas, las empresas deben esforzarse en implemantar un sistema fiable de dicho registro. De lo contrario, las empresas pueden enfrentarse a sanciones.
Tales sanciones son impuestas en base a su análisis e informes realizados como resultado de las inspecciones, y es cuando las autoridades pueden aplicar las siguientes sanciones:
- Multas económicas de entre 751 y 7.500 euros, dependiendo de la gravedad y la reincidencia.
- Sanciones laborales. Las empresas pueden ser obligadas a regularizar las situaciones de los trabajadores afectados por la infracción, como el pago de horas extras no registradas, el descanso semanal no concedido o responsabilidades y sanciones accesorias i recorgos al respecto de prestaciones de la seguridad social de los trabajadores afectados.
Cómo puede ayudarte el equipo laboral de Lladó Grup Consultor
Como hemos podido mostrarte anteriormente las sanciones pueden llegar a tu empresa si incumples con el registro diario de la jornada de tus trabajadores/as, por lo tanto es clave que ante la visita de una inspección de trabajo, la empresa cumpla con la obligación de llevar un control horario y evitar posibles sanciones.
¿Tienes alguna duda sobre el registro diario de la jornada laboral?
Desde el equipo laboral Lladó Grup Consultor formado por técnicos especializados podemos ofrecerte asesoramiento y acompañarte en la implementación de un registro de control horario que cumpla con las obligaciones laborales.