¿Estoy obligado a pagar las gafas a los trabajadores?
Los trabajadores tienen derecho a que la empresa se los pague las gafas o lentillas graduadas, según una sentencia pionera. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha dictado una sentencia como respuesta al caso de un funcionario rumano que denunció a la empresa por no querer asumir el coste de la factura de sus gafas graduadas.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, interpreta el artículo 9 de la Directiva 90/270, y concluye que los trabajadoras tienen derecho a obtener por parte de la empresa un dispositivo corrector especial, que pueden ser gafas graduadas o las lentillas graduadas entre otras, cuando estos sean necesarios para corregir o prevenir trastornos de la vista que estén relacionados con el trabajo, siempre que se trabaje de forma habitual ante una pantalla de ordenador, y cuando un reconocimiento médico haya determinado que el trabajador necesita el dispositivo corrector para seguir trabajando ante una pantalla de visualización.
¿Qué obligaciones tiene la empresa a la hora de facilitar gafas a los trabajadores?
Los empresarios tienen que facilitar a los trabajadores gafas o lentillas graduadas para el trabajo siempre que los reconocimientos médicos demuestren que lo necesitan. Es el que ha resuelto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la sentencia dictada el pasado 22 de diciembre, respondiendo a una cuestión prejudicial planteada por un tribunal de Rumanía, que tiene sobre la mesa el caso de un trabajador a quien la empresa se negó a pagar los más de 500 euros que se gastó en unas gafas para trabajar.
Y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) especifica que no hace falta que el trabajo con pantallas sea la causa directa de la deficiencia visual.
La jurisprudencia de la UE se compone de las sentencias del TJUE, que es el órgano encargado de interpretar la legislación de la Unión Europea. El Derecho de la UE te efecto directo sobre la legislación de los Estados miembros, pues forma parte de su sistema jurídico.
Por lo tanto, la resolución abre la puerta a que las personas que se encuentren en esta situación lleven su empresa a los tribunales para reclamar este derecho reconocido a la Directiva de la UE.
El TJUE también apunta que, para asumir el coste de las gafas o lentillas graduadas, la empresa puede entregarlas directamente al trabajador o pagarle los gastos que haya tenido que hacer. En ningún caso, dice la justicia europea, se puede hacer mediante el abono de un complemento salarial de carácter general.
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