¿Conoces si tu empresa está obligada a pagar el Impuesto sobre Sociedades?. Te informamos de tus obligaciones sobre el Impuesto de Sociedades y las novedades para este 2025.
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades (IS), es un tributo que grava los beneficios obtenidos por las empresas y otras entidades con personalidad jurídica que tienen su residencia fiscal en España. En esencia, es el impuesto que las empresas pagan sobre sus ganancias.
Este impuesto se aplica sobre el beneficio neto de la entidad, es decir, sobre la diferencia entre los ingresos generados y los gastos deducibles en un periodo fiscal determinado, que generalmente corresponde a un año.
¿Quiénes están obligados a presentar el Impuesto sobre Sociedades?
Están obligados a presentar el Impuesto sobre Sociedades todas las entidades con personalidad jurídica que tengan su residencia fiscal en España, independientemente de si han obtenido beneficios o no durante el período impositivo. Esto incluye, principalmente:
- Sociedades mercantiles
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- Sociedades Anónimas (SA)
- Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL)
- Sociedades Colectivas
- Sociedades Comanditarias
- Sociedades Laborales
- Sociedades Unipersonales.
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- Sociedades civiles con objeto mercantil.
- Sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.
- Sociedades cooperativas.
- Sociedades agrarias de transformación.
- Agrupaciones de interés económico (AIE) y Agrupaciones europeas de interés económico (AEIE).
- Asociaciones, fundaciones e instituciones de todo tipo, tanto públicas como privadas.
- Entes públicos (Administraciones del Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones locales, Organismos Autónomos, etc.).
- Fondos e Inversión.
- Uniones temporales de empresas (UTE).
- Fondos de capital-riesgo y fondos de inversión colectiva de tipo cerrado.
- Fondos de pensiones.
- Fondos de regulación del mercado hipotecario.
- Fondos de titulización (hipotecaria y de activos).
- Fondos de garantía de inversiones.
- Comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
- Fondos de Activos Bancarios (FAB).
Es importante destacar que la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades existe incluso cuando no se ha desarrollado actividad o no se han obtenido ingresos sujetos a este impuesto durante el período impositivo.

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¿Quién está exento de pagar el Impuesto sobre Sociedades?
Existen algunas entidades totalmente exentas de este impuesto, como:
- Entes sin personalidad jurídica, como herencias yacentes y comunidades de bienes.
- Sociedades civiles sin personalidad jurídica o que aún teniendo personalidad jurídica no tengan objeto mercantil.
- Sociedades irregulares y sociedades en formación.
En estos casos, las rentas obtenidas por estas entidades se atribuyen directamente a los socios, herederos, comuneros o partícipes.
Algunas entidades públicas están completamente exentas y no tienen que presentar declaraciones ni cumplir con otras obligaciones fiscales asociadas al Impuesto de Sociedades, como son organismo autónomos o entidades gestoras de la Seguridad Social.
Por otra parte, hay entidades que están exentas de forma parcial, como son ONGs o entidades sin ánimo de lucro.
¿Tienes dudas sobre el Impuesto sobre Sociedades?
Cómo puede ayudarte el equipo fiscal de Lladó Grup Consultor
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