La Agencia Tributaria dispone un sencillo formulario que permita canalizar todas las solicitudes de devoluciones del IRPF para pensionistas por aportaciones a mutualidades, para su resolución a partir de la información de la que dispone la Agencia, así como de la información sobre la vida laboral de los solicitantes que la AEAT recaba de la Seguridad Social y otros organismos.
Por lo tanto, no será necesario adjuntar a la solicitud ningún tipo de documentación, puesto que, en general, la AEAT ya contará con la información precisa para la resolución de la solicitud.
Tanto el formulario de solicitud como la información relativa a este proceso están a disposición de los interesados a través de la Sede electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es).
Este formulario se podrá utilizar para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2019-2023, si bien para 2023, en la mayoría de los casos el cálculo ya aparecerá en Renta Web y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración.
A lo largo del mes de abril, la Agencia irá incorporando en los datos fiscales de los beneficiarios el cálculo de la reducción, siempre que se disponga de la información necesaria para ello.
¿En qué consiste la solicitud de devolución?
La disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la LIRPF ofrece la posibilidad de reducir la cantidad a incluir como rendimiento del trabajo en la declaración de la renta de cada ejercicio cuando se perciban pensiones de jubilación o invalidez por aquellos mutualistas cuyas aportaciones no pudieron ser en su momento objeto de reducción o minoración en la base imponible. De esta forma se evita una doble tributación por dichas aportaciones.
¿Cuándo resultaría un importe a devolver?
Resultará una cuota a devolver si tras la aplicación de la DT 2ª la cuota tributaria es inferior a las cantidades previamente ingresadas por la presentación de una declaración anterior o por las retenciones soportadas.
¿Qué es necesario para solicitar la devolución?
Para poder aplicar la reducción prevista en la DT 2ª es necesario haber realizado aportaciones a mutualidades, en todo caso en una fecha anterior a 1 de enero de 1999, y que esas aportaciones no hayan podido ser objeto de reducción o minoración en la base imponible del impuesto de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.
¿Cómo se pueden solicitar?
A través del formulario electrónico que la Agencia Tributaria ha publicado en la Sede electrónica se podrá solicitar la aplicación de la DT 2ª para el periodo 2019 a 2023. Se trata, en todo caso, de un procedimiento voluntario para agilizar la tramitación.
Para su presentación, solo es necesario disponer de número de Referencia, Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e). También se puede presentar el formulario en nombre de un tercero por apoderamiento. Los herederos también podrán solicitar la aplicación de la DT 2ª a través del formulario.
Previa identificación, el único dato que debe incorporar es la cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante.
En el caso de las solicitudes referidas a 2023, además de presentar el formulario es necesario presentar en todo caso la propia declaración de Renta 2023.
¿Cómo se aplica en la Renta 2023?
Para Renta 2023, si la AEAT dispone de toda la información, la reducción ya aparecerá en los datos fiscales con el concepto («Ajuste por Mutualidades – DT2 LIRPF»), y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración.
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¿Es necesario aportar de entrada ninguna documentación?
La AEAT está trabajando de forma coordinada con la Seguridad Social, y otros organismos, al objeto de recabar la información necesaria para tramitar las solicitudes de devolución para mutualistas a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos.
¿Se puede presentar el formulario si no se hizo la renta de los años 2019-2022?
Sí. Con la presentación del formulario se autoriza también a la AEAT a que confeccione y presente en su nombre las autoliquidaciones que procedan de los periodos 2019 a 2022 en la modalidad individual a partir de la información de la que dispone la AEAT.
¿Tienes alguna duda sobre tu Declaración de Renta?
Recuerda que lo más recomendable es confiar en el asesoramiento de un asesor fiscal, como disponemos a Lladó Grup Consultor, para la presentación de tus obligaciones tributarias, como es la Declaración de la Renta.