Aunque han sido anuladas varias deducciones en la declaración de Renta 2021, muchos contribuyentes todavía pueden disfrutar en su Renta de las deducciones por adquisición y alquiler de vivienda habitual.
Deducción por adquisición de vivienda habitual
Los contribuyentes que hayan adquirido su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 pueden seguir aplicando en su IRPF la deducción por adquisición de vivienda:
- al 15% de las cantidades destinadas cada año al pago de la vivienda, hasta una base de deducción de 9.040 euros, siendo la deducción máxima anual de 1.356 euros.
También pueden incluirse en la base de deducción:
- las primas de seguros de daños y de vida.
Para disfrutar de esta deducción, es preciso que el contribuyente ya hubiese aplicado el incentivo por la misma vivienda en un ejercicio anterior a 2013.
Deducción por alquiler de vivienda habitual
Los arrendatarios (inquilinos) con una base imponible en el IRPF inferior a 24.107,20 euros que contrataron el alquiler de su vivienda antes del 2015, también pueden seguir disfrutando de una deducción:
- del 10,05% de las cantidades satisfechas (con una base máxima de deducción de hasta 9.040 euros).
- Además de los alquileres, pueden incluir como mayor base de deducción los gastos y tributos que sean a cargo del inquilino según el contrato de alquiler.
Para practicar esta deducción en el IRPF, tan solo se exige que el arrendatario ya hubiese arrendado la vivienda antes de 2015 y que tuviese la posibilidad de aplicarla solamente.
También se aplica si ha prorrogado el contrato.
Diferencia entre deducción por adquisición o alquiler de vivienda habitual
La diferencia más importante entre estas dos deducciones, es que la compra de vivienda habitual tiene que haberse aplicado antes de 2013. Y en la deducción por alquiler habitual es suficiente con haberse tenido el derecho.
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