La decisión de ayudar a un hijo/a a comprar su primera vivienda, montar un negocio o simplemente transmitir parte del patrimonio familiar en vida es un paso emocional y financiero muy importante. Sin embargo, lo que empieza como un gesto de generosidad puede convertirse en un quebradero de cabeza fiscal si no se conocen las reglas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
Las donaciones de padres a hijos tienen un tratamiento especial en la ley, tanto en relación con los impuestos aplicables, como en las consecuencias que pueden tener de cara a la posterior transmisión hereditaria. Analizamos los aspectos claves de la donación entre padres e hijos, con un enfoque especial en las ventajas que ofrece la regulación en Cataluña.
¿Qué se considera una donación?
Desde el punto de vista legal, la donación es un acto de manera voluntaria por el cual una persona (donante) dispone gratuitamente de una cosa o derecho en favor de otra (donatario), que la acepta.
Se considera una donación cuando existe:
- Voluntariedad, el donante debe actuar libremente.
- Aceptación, para que la donación sea efectiva, el receptor debe aceptarla formalmente en vida del donante.
- Forma, en escritura pública ante notario.
Regulación de la donación de padres a hijos en Cataluña
Las donaciones en Cataluña se regulan por la Ley catalana 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones, ya que se trata de una materia cedida a las comunidades autónomas, y la tributación por estos conceptos puede variar considerablemente de unos territorios a otros.
La ley catalana será de aplicación a las donaciones que cumplan los siguientes requisitos:
- Que se trate de una donación de bienes inmuebles en Cataluña.
- En caso de donarse bienes muebles o de derechos, el donatario tenga su residencia habitual en Cataluña en la fecha del devengo del impuesto. La fecha del devengo es el día en que tiene lugar el acto o contrato.

Subscríbete a nuestra newsletter
¿Por qué donar en vida en lugar de esperar a la herencia?
La donación (o transmisión inter vivos) permite que los hijos disfruten del patrimonio cuando más lo necesitan. A diferencia de la herencia, la donación permite:
- Ayuda directa: Financiar proyectos en momentos vitales clave.
- Planificación progresiva: Repartir el patrimonio gradualmente para evitar que los herederos enfrenten una carga fiscal masiva en el futuro.
- Control de condiciones: El donante puede establecer cláusulas (como la reversión o el derecho de usufructo).
¿Tienes dudas sobre la donación?
Requisitos esenciales para la donación
Para que una donación sea válida y, sobre todo, pueda acogerse a beneficios fiscales, debe cumplir tres claves:
- Aceptación formal, el hijo/a debe aceptar la donación formalmente.
- Escritura Pública.
- Justificación del origen, se debe acreditar la procedencia de los fondos (transferencia bancaria, por ejemplo).
Cómo puede ayudarte el equipo legal de Lladó Grup Consultor
Realizar una donación es una excelente estrategia si se hace bajo asesoramiento legal. Es importante conocer al detalle las implicaciones, regulación y cuándo y cómo realizarlo.
Desde el equipo legal Lladó Grup Consultor formado por abogados especializados podemos ofrecerte asesoramiento y acompañarte en todo el proceso de la donación.






