Una de las modalidades del trabajo por cuenta propia, es la de autónomo societario.
En este artículo, desde Lladó Grup Consultor te explicamos en qué consiste y se profundiza en los perfiles que están obligados a atribuirse esta denominación, los requisitos que han de cumplir, entre otros aspectos que pueden ser de tu interés.
¿Qué es un autónomo societario?
Un autónomo societario es una persona que trabaja en una empresa, generalmente una sociedad mercantil (como una sociedad limitada o una sociedad anónima), poseyendo el control efectivo de la misma, directo o indirecto, mediante una participación significativa en su capital social.
Esta figura se diferencia de un autónomo individual en que el autónomo societario tiene un rol dual: por un lado, actúa como socio de la empresa y, por otro, desempeña funciones directivas o de trabajo dentro de la misma.
¿Qué diferencias hay entre un autónomo societario y un autónomo individual?
La principal diferencia entre el autónomo societario y el autónomo individual radica en la estructura legal y fiscal. Mientras el autónomo societario se caracteriza por ser administrador o socio trabajador de una sociedad mercantil, el autónomo individual opera bajo su nombre personal.
Esta diferencia también afecta a la responsabilidad de uno u otro frente a deudas. En del autónomo societario, la responsabilidad es limitada. Y en el del autónomo individual, éste responde con su patrimonio personal.
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Requisitos para ser autónomo societario
1. Participación en la Sociedad. El autónomo societario suele tener una participación relevante en el capital social de la empresa. Esto implica que posee una cantidad considerable de acciones o participaciones, lo que le da poder de decisión en la sociedad.
2. Obligación de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Teniendo el control societario directo:
Quien posea el 50% o más del capital social, tanto si ejerce funciones directivas y gerenciales, como si son funciones y actividades de cualquier otra clase en la sociedad.
Se presume, salvo prueba en contrario del trabajador, que se ejerce el control societario indirecto cuando:
a) Al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que se prestan los servicios está distribuido entre socios con los que el trabajador guarda una relación de convivencia y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentescopor consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado.
b) Su participación en el capitalsocial es igual o superior a la tercera parte del mismo.
c) Su participación en el capital social es igual o superior a lacuarta partedel mismo, siempre que, además, tenga atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.
3. Responsabilidades y funciones. Aparte de ser propietario parcial de la empresa, el autónomo societario a menudo asume responsabilidades de gestión o trabajo operativo dentro de la misma. Esto puede incluir roles como director general, gerente, administrador o cualquier otra función que implique labores activas en la empresa.
4. Régimen Fiscal. Los autónomos societarios están sujetos al IRPF por las retribuciones que perciban de la empresa, si bien con alguna particularidad respecto de las funciones de dirección y gerencia, así como de administrador.
5. Seguridad Social. Los autónomos societarios cotizan al RETA, lo que les da acceso a las prestaciones y coberturas de la Seguridad Social correspondientes a los trabajadores autónomos, siendo no obstante la base mínima de cotización superior a la mínima general.
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