¿Puedo acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento legal que permite cancelar deudas a personas físicas en situación de insolvencia. Esta ley está pensada para que particulares y autónomos que no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago eliminen total o parcialmente sus deudas y tengan la oportunidad de empezar de cero.
La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo creado para superar una situación de imposibilidad de hacer frente a unas deudas contraídas por una persona física y que está pueda salir a flote, y al mismo tiempo protege los derechos de cobro de los acreedores.
¿Quién puede acogerse a la ley de la segunda oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un recurso legal al que pueden acogerse las personas físicas, tanto particulares como autónomos y empresarios, que no puedan pagar las deudas contraídas por ser insolventes.
La segunda oportunidad aplica para las personas físicas residentes en España y también para los deudores extranjeros (particulares o autónomos) si tienen su residencia legalizada en España y toda su documentación en regla. También si al menos tienen en España el centro de sus intereses principales (patrimonio, bienes, negocios, administración, financiación y deuda…). Debe tenerse en cuenta que el procedimiento se tramitará en el Juzgado que pertenezca por el domicilio de empadronamiento del deudor.
Aunque está pensada para particulares y autónomos, no siempre es posible acogerse a sus beneficios. Existen unos requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, que resumiremos a continuación:
- Tener deudas (aunque estén al corriente de pago) con al menos dos acreedores distintos. Se incluyen tanto entidades financieras, como administraciones públicas (Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos, etc.), proveedores, etc.
- Probar que no se cuenta con patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas contraídas.
- Deudas que no superen los cinco millones de euros.
- Acreditar que las deudas se han contraído actuando de buena fe.
- En caso de haberse acogido anteriormente a la Ley de la Segunda Oportunidad, hayan pasado al menos cinco años.
Si tienes deudas a las cuales no puedes hacer frente y quieres cancelarlas total o parcialmente, podemos ayudarte. Somos abogados especialistas en cancelación de deudas y derecho concursal. Contacto con nosotros y te informamos.
Explícanos tu caso
Somos un equipo de abogados con experiencia, infórmate sin compromiso.
Nos puedes contactar vía WhatsApp aquí o facilitarnos tus datos y contactaremos contigo.